* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a permutar
con la Parroquia El Santo Cristo, un inmueble de propiedad
del Superior Gobierno de la Provincia, ubicado en avenida
San Martín al 400, de la ciudad Banda del Río Salí del De-
partamento Cruz Alta, indentificado en la Dirección General
de Catastro en mayor extensión con las siguientes nomencla-
turas: Circunscripción I, Sección K, Manzana 569 b, Parcela
I d, Padrón 174.953, Matrícula 8285, Orden 679, inscripto en
el Registro Inmobiliario en libro 4, folio 8, serie C, año
1959, compuesto de las siguientes dimensiones y linderos: al
norte 18,03 mts. con remanente de la misma fracción; al sur
6,94 mts., con avenida General San Martín; al este 30,67
mts. y 6,07 mts. con escuela piloto Niñas de Ayohuma; al o-
este 51,00 mts. con propiedad de la Parroquia El Santo Cris-
to, integrando una superficie de 382,0547 m2, por otra frac-
ción de forma triangular de propiedad de la Parroquia El
Santo Cristo, identificado en la Dirección General de Catas-
tro de la siguiente manera: Circunscripción I, Sección K,
Manzana 569 b, Parcela 1b, Padrón 372211, Matrícula 8285,
Orden 2638, e inscripto en el Registro Inmobiliario en el
libro 4, folio 45, serie C, año 1959, cuyas dimensiones y
linderos (de la fracción a permutar), son las siguientes: al
noroeste 8,91 mts. con diagonal Alberto J. Paz; al sudoeste
13,28 mts. con remanente de la misma propiedad, y al nores-
te 16,10 mts., con Superior Gobierno de la Provincia, inte-
grando esta fracción una superficie de 59,1509 m2.
Art. 2º.- El terreno asignado por el artículo anterior a
la Parroquia El Santo Cristo, será destinado a la ampliación
del solar que actualmente ocupa dicha institución, y la
fracción permutada a favor del Superior Gobierno de la Pro-
vincia, tendrá como destino su unificación al predio que o-
cupa actualmente el Teatro Alfredo Guzmán de la ciudad Banda
del Río Salí.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintitres días del mes de
Septiembre de mil novecientos ochenta y ocho.