• Detalle de Ley

    Ley N°: 5915
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: SALUD - ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 26/04/1988
    Promulgada: 19/05/1988
    Publicada: 30/05/1988
    Boletin Of. N°: 21771

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y Cámara de  Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Sustitúye el segundo  párrafo del  artículo
    7º de la ley nº 5.652, por el siguiente:
       -"En el supuesto de acefalía total del Consejo Provincial
    de Salud, el Poder Ejecutivo preveerá las designaciones per-
    tinentes dentro de los treinta días de producida, hasta tan-
    to quedará  a cargo del  Organismo, el Ministro  responsable
    del área salud, quien tendrá las mismas atribuciones y debe-
    res que el Presidente".
    
       Art. 2º.- Comuníquese.
    
       Dada en la  sala de sesiones de la Honorable  Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los veintiseis días del mes de
    Abril del año mil novecientos ochenta y ocho.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 5652
    Modificada por Ley 7327
    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    MODIFICA LA LEY Nº 5652 -CREACIÓN DEL SIPROSA-.

  • Observaciones

    CONSOLIDADA CON LEY Nº 5652.