El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Derógase la Ley Nº 4.636, modificatoria de
la Ley 3.951 - Estatuto del Personal del Instituto de Previ-
sión y Seguridad Social de la Provincia.
Art. 2º.- Reimplántase la vigencia del artículo 17, Capí-
tulo III de la Ley Nº 3.951.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veinticuatro días del mes
de Octubre del año mil novecientos ochenta y cinco.