* DEROGADA *
VISTO, lo actuado en expediente Nº 0469/M1-R-83 y agrega-
dos del Registro de la Secretaría de Estado del Interior y
el Decreto Nacional Nº 877/80, en ejercicio de las faculta-
des legislativas concedidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Apruébanse las siguientes Ordenanzas Fisca-
les, sancionadas por los municipios de Trancas, Tafí del Va-
lle, Burruyacu, Tafí Viejo, Banda del Río Salí, Lules, Fa-
maillá, Monteros, Bella Vista, Concepción, Simoca, Aguila-
res, Juan B. Alberdi, La Cocha, Graneros y Yerba Buena,
obrantes en el expediente Nº 0469/M1-R-83 y agregados y que
como anexo forman parte integrante de la presente y fueron
dictadas en uso de las atribuciones de los artículos 4º y
25, inciso 1º) de la Ley Nº 5.181;
1)Ordenanza Nº 7/83 (10.3.83) para el Departamento
de Trancas (fojas 2/18).
2)Ordenanza Nº 13/83 (18.3.83) para el Departamento de
Tafí del Valle (fojas 25/37).
3)Ordenanza Nº 5/83 (9.3.83) para el Departamento
de Burruyacu (fojas 41/53).
4)Ordenanza Nº 13/83 (14.3.83) para el Departamento de
Tafí Viejo (fojas 55/70).
5)Ordenanza Nº 301/83 (10.3.83) para el Departamento de
Cruz Alta (fojas 74/88).
6)Ordenanza Nº 8/83 (8.3.83) para el Departamento de
Lules (fojas 90/100).
7)Ordenanza Nº 11/83 (10.3.83) para el Departamento
de Famaillá (fojas 107/125).
8)Ordenanza Nº 11/83 (11.3.83) para el Departamento
de Monteros (fojas 141/156).
9)Ordenanza Nº 09/83 (11.3.83) para el Departamento
de Leales (fojas 160/177).
10)Ordenanza Nº 17/83 (11.3.83) para el Departamento
de Chicligasta (fojas 179/197).
11)Ordenanza Nº 014/83 (15.3.83) para el Departamento
de Simoca (fojas 201/212).
12)Ordenanza Nº 04/83 (7.3.83) para el Departamento de
Río Chico (fojas 217/236).
13)Ordenanza Nº 02/83 (10.3.83) para el Departamento de
Juan Bautista Alberdi (fojas 239/253).
14)Ordenanza Nº 06/83 (9.3.83) para el Departamento de
La Cocha (fojas 257/270).
15)Ordenanza Nº 4/83 (9.3.83) para el Departamento
de Graneros (fojas 276/290).
16)Ordenanza Nº 173/83 (14.3.83) para el Departamento
de Yerba Buena (fojas 294/305).
Art. 2º.- Las ordenanzas sancionadas por las Municipali-
dades tendrán vigencia en el ámbito Municipal y Comunal de
cada Departamento.
Art. 3º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese publíquese en el Boletín Oficial y archívese en el
Registro Oficial de Leyes y Decretos.