* DEROGADA *
VISTO lo actuado en Expediente Nº 509/320-S-81 de la Se-
cretaría de Estado de Obras y Servicios Públicos y el Decre-
to Nacional Nº 877/80; en ejercicio de las facultades legis-
lativas conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Apruébase en todas sus partes el Convenio
celebrado con fecha 24 de enero de 1983 entre la Provincia
de Tucumán y la Empresa AGUA y ENERGIA ELECTRICA SOCIEDAD
DEL ESTADO; que forma parte del presente instrumento como
Anexo I, referente a la transferencia de los servicios que
dicha empresa opera dentro de los límites provinciales.
Art. 2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.