* CADUCA *
VISTO, lo actuado en expediente Nº1131/200-C-81, del Con-
sejo Nacional de Educación Técnica (CONET) y el Decreto Na-
cional nº 877/80, en ejercicio de las facultades legislati-
vas conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Derógase la vigencia del Artículo 2º de la
Ley Nº 5.195, dictada con fecha 11 de julio de 1980.
Art. 2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.