* DEROGADA *
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeta a
expropiación, con destino a la construcción de un Auto-Cine,
una propiedad ubicada en la Ciudad de San Miguel de Tucumán
- Departamento Capital- propiedad de Alfonso Petrelli y/o
sus sucesores, y Nicasio Sánchez Toranzo, o quien fuere su
actual titular del dominio, identificada en la Dirección Ge-
neral de Catastro con la siguiente nomenclatura: C.I, S. 7b,
M.51, P. 5A, Padrón nº 13829, Matrícula y Orden 13280/256;
inscripta en el Registro Inmobiliario al Libro 79 -Folio 182
- Sección B - Año 1948, y compuesta de las siguientes dimen-
siones y linderos: al Norte, 302,00 metros con Ana V. de
Pasteris e Hijo; al Sud, 402,00 metros con calle Emilio
Castelar; al Este, línea quebrada de 99,00 metros, 32,35
metros, 33,52 metros y 40,25 metros con Avenida Salta
(ex-Lisandro de la Torre) y al Oeste, 145,00 metros con
calle Suipacha, o sea una superficie de 5 Has. 6.042,5000
m2.-
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente Ley se hará de rentas generales, con imputación a la
misma.
Art.3º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
níquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en el
Registro Oficial de Leyes y Decretos.-