• Detalle de Ley

    Ley N°: 4567
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 20/10/1976
    Promulgada: 20/10/1976
    Publicada: 27/10/1976
    Boletin Of. N°: 18839

  • Texto
  • * DEROGADA *
    
             EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
                SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- El producido de la venta de bienes del  ac-
    tivo fijo de las Reparticiones centralizadas y  descentrali-
    zadas  de la  Administración  Provincial, será depositado en
    una  Cuenta  Especial que se abrirá al efecto en el Banco de
    la  Provincia de Tucumán, bajo  la denominación de "Venta de
    Bienes del Patrimonio Fiscal",orden Contador General y Teso-
    rero General de la Provincia.
    
       Art.2º.- Los fondos provenientes de la  aplicación  de la
    presente ley, serán destinados exclusivamente a la  realiza-
    ción  de  obras y servicios en las áreas de Salud  Pública y
    Educación y en la compra de bienes esenciales del activo fi-
    jo estatal. Las decisiones en cada caso  será  motivo de  un
    Decreto del Poder Ejecutivo Provincial con sujeción a dispo-
    siciones reglamentarias en vigencia.
    
       Art.3º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
    níquese, publíquese en el Boletín Oficial, y archívese en el
    Registro Oficial de Leyes y Decretos.-
    
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 5105

  • Resumen

    CREA UNA CUENTA ESPECIAL PARA EL DEPOSITO DEL PRODUCIDO DE
    LA VENTA DE BIENES DEL PATRIMONIO FISCAL EN EL BANCO DE LA
    PROVINCIA.

  • Observaciones