* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Concédese el aval del Superior Gobierno de
la Provincia a favor del Banco de la Provincia de Tucumán,
en garantía de una operación realizada por la Municipalidad
de la ciudad de Aguilares, por un monto de $ 300.000.-
(TRESCIENTOS MIL PESOS), con destino a la adquisición de una
motobarredora - regadora - recolectora marca Ufana, modelo
B.6. 66, como asimismo un equipo regador a turbina centrí-
fuga montado sobre camión Dodge DP 600, 0 Km.
Art.2º.- En resguardo del aval que se otorga por el ar-
tículo 1º, la Municipalidad de la ciudad de Aguilares, debe-
rá ceder a la Provincia, de lo que le corresponda percibir
en concepto de participación de impuestos, un importe igual
al aval concedido, para responder en caso de incumplimiento
de las cuotas de amortización.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a veintiséis días del mes de
diciembre del año mil novecientos setenta y cinco.-