• Detalle de Ley

    Ley N°: 3992
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: DEPORTES
    Sancionada: 11/09/1973
    Promulgada: 21/09/1973
    Publicada: 28/09/1973
    Boletin Of. N°: 18075

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Decláranse amnistiados todos los hechos co-
    metidos hasta la promulgación de la presente Ley por clubes,
    asociaciones, ligas  o federaciones deportivas, deportistas,
    directivos y  simpatizantes  de  instituciones que actúan en
    nuestra provincia  en todas las ramas del deporte, que cons-
    tituyeran faltas violatorias de sus respectivos reglamentos.
    
       Art.2º.- Esta amnistía  tendrá  una amplitud total, hasta
    para las  penas  más  severas aplicadas por dichas organiza-
    ciones.
    
       Art.3º.- La Dirección  de  Deportes dependiente de la Se-
    cretaría de  Estado  de Promoción y Asistencia de la Comuni-
    dad, será  el  organismo  encargado  de  la aplicación de la
    presente Ley.
    
       Art.4.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la  Provincia  de Tucumán, a los once días del mes de Se-
    tiembre del año mil novecientos setenta y tres.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AMNISTIA PARA CLUBES, ASOCIACIONES, LIGAS O FEDERACIONES
    DEPORTIVAS, DEPORTISTAS, DIRECTIVOS Y SIMPATIZANTES POR
    VIOLACIONES A SUS REGLAMENTOS.

  • Observaciones