* DEROGADA *
Visto que la Dirección Provincial de Turismo y Parques
Provinciales solicita la respectiva ratificación de la Re-
solución nº 1136 que dictara con fecha 23 de agosto de 1971,
mediante la cual procede a donar al Ejército Argentino, una
fracción de terreno ubicada en El Cadillal, con destino a la
instalación de un centro de recreación para uso de los nú-
cleos familiares de la Guarnición Militar Tucumán, y
Considerando:
Que la adopción de la expresada medida contribuye con los
objetivos del Gobierno de la Provincia de posibilitar la
realización de obras que coadyuven a los trabajos de infra-
estructura, urbanización y embellecimiento que se vienen
efectuando en el perilago del Dique El Cadillal y sus zonas
adyacentes.
Que por la citada Resolución se establece que la donata-
ria no podrá transferir a título gratuito u oneroso el
terreno donado, y que las obras respectivas deberán iniciar-
se en un plazo no mayor de un año y concluidas antes de cin-
co años; caso contrario, automáticamente quedará sin efecto
la donación;
Que las razones que fundamenta el pedido formulado en
este expediente, conforman plenamente el justificativo de
acceder al mismo, criterio que es compartido por Fiscalía de
Estado en su dictamen de fojas 35.
Por ello; estando contemplado el presente caso en las
disposiciones establecidas por el Decreto Nº 717 dictado por
el Superior Gobierno de la Nación con fecha 28 de abril de
1971; y en ejercicio de las facultades legislativas que le
confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argen-
tina,
El Gobernador de la Provincia de Tucumán,
sanciona y promulga con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Ratifícase la Resolución Nº 1136 y su modi-
ficatoria Nº 1265, dictadas por la Dirección Provincial de
Turismo y Parques Provinciales con fechas 23 de agosto y 30
de setiembre de 1971, respectivamente, adjuntas a fojas
33/34 y 36 de estas actuaciones, por las cuales se procede a
la donación al Ejército Argentino, de una (1) fracción de
terreno de una superficie de 6 Has. 2.053 m2, 2.651 cms2, y
demás características consignadas en las mismas, ubicada en
la zona del Dique El Cadillal, con destino a la instalación
de un centro de recreación para uso de los núcleos fami-
liares de la Guarnición Militar Tucumán, a la vez que esta-
blécense las condiciones y plazos en que deberán ejecutarse
las obras respectivas.
Art.2º.- Las fojas 33/34 y 36, en las cuales se transcri-
be el texto de las Resoluciones de referencia, deberán ser
firmadas y selladas por el señor Secretario de Estado de
Finanzas.
Art.3º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
níquese, publíquese en el Boletín Oficial, dése cuenta al
Superior Gobierno de la Nación y archívese en el Registro
Oficial de Leyes y Decretos.-