* CADUCA *
VISTO el decreto nacional Nº 1703, de fecha 8 de junio de
1971 que fija la política salarial para el sector público, a
la cual se adhiere el Gobierno Provincial, por la que brega-
ra insistentemente a fin de dar solución a los requerimien-
tos de los agentes estatales, y
CONSIDERANDO:
Que las mejoras salariales a otorgarse deben encuadrarse
dentro de las directivas dictadas al efecto por el Superior
Gobierno de la Nación contenidas en el citado decreto.
Que además resulta oportuna la emergencia para solucionar
administrativamente algunas correcciones que son imprescin-
dibles efectuar en la ley de presupuesto vigente, con el
objeto de normalizar la planta permanente del personal de la
Administración Pública Provincial.
Por tanto, y en ejercicio de la facultad que confiere al
Poder Ejecutivo el artículo 9º del Estatuto de la Revolución
Argentina,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Concédese un aumento general de sueldos
para el personal de la ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL,
que tendrá vigencia a partir del 1º de julio del corriente
año, conforme la autorización conferida por decreto nacional
Nº 1703 de fecha 8 de junio de 1971, en su planilla anexa
III, y cuyas distintas escalas se establecen en los artícu-
los siguientes:
Art.2º.-Fíjase la siguiente escala de sueldos para el
personal del PODER JUDICIAL:
CATEGORIA ESCALA DE SUELDOS
1 - Presidente de Corte 2.747
2 - Vocales de Corte y Ministro Fiscal 2.628
3 - Vocales y Fiscal de Cámara 2.510
4 - Juez 2.320
5 - Agente Fiscal 2.038
6 - Defensor de Pobres - Asesor de Menores 1.919
7 - Secretario de Corte - Secretario Admi-
nistrativo de Corte 1.276
8 - Secretario de Cámara 1.236
9 - Secretario de Justicia 1.202
10 - Pro-Secretario de Corte - Pro-Secretario
Administrativo de Corte 1.125
11 - Pro-Secretario de Cámara 1.099
12 - Pro-Secretario de Juzgado 1.079
13 - Médico Forense 1.023
14 - Juez de Paz de Municipio 754
15 - Oficial Mayor de Corte - Autopsista 741
16 - Juez de Paz de 1a. Categoría 724
17 - Oficial de Corte - Intendente 714
18 - Juez de Paz de 2a. Categoría 668
19 - Oficial de Cámara 657
20 - Juez de Paz de 3a. Categoría 640
21 - Oficial de Juzgado 639
22 - Mayordomo 576
23 - Auxiliar de Corte - Autopsista 560
24 - Auxiliar de Cámara 539
25 - Auxiliar de Juzgado 516
26 - Oficial de Justicia de Paz 492
27 - Escribientes 465
28 - Chófer - Ascensorista - Carpintero, etc. 440
29 - Auxiliar de Justicia de Paz 426
30 - Ayudante Electricista 419
31 - Ordenanza - Peón de Limpieza 406
32 - Mensajero 350
Art.3º.- Fíjase la escala de sueldos y clases para el
Escalafón General de la Administración Pública de la manera
siguiente:
ESCALAFON ACTUAL ESCALA A PARTIR DEL 1/7/71 SUELDOS
C C 2.600
B B 2.300
A A 2.000
1 1 1.940
2 2 1.840
3 3 1.740
4 4 1.590
5 5 1.490
6 6 1.390
7 7 1.290
8 8 1.190
9 9 1.140
10 10 1.085
11 - Oficial Superior 11 - Oficial Superior 911
12 - Oficial Mayor 12 - Oficial Mayor 831
13 - Oficial Principal 13 - Oficial Principal 753
14 - Oficial 1º 14 - Oficial 1º 638
15 - Oficial 2º 15 - Oficial 2º 597
16 - Oficial 3º 16 - Oficial 3º 563
17 - Oficial 4º 17 - Oficial 4º 541
18 - Oficial 5º 18 - Oficial 5º 519
19 - Auxiliar Mayor 19 - Auxiliar Mayor 500
20 - Auxiliar Principal 20 - Auxiliar Principal 477
21 - Auxiliar 1º 21 - Auxiliar 1º 455
22 - Auxiliar 2º 22 - Auxiliar 2º 434
23 - Auxiliar 3º 23 - Auxiliar 3º 412
24 - Auxiliar 4º 24 - Auxiliar 4º 393
25 - Auxiliar 5º 24 - Auxiliar 4º 393
26 - Auxiliar 6º 24 - Auxiliar 4º 393
27 - Ayudante Principal 25 - Ayudante Principal 368
28 - Ayudante 1º 25 - Ayudante Principal 368
29 - Ayudante 2º 26 - Ayudante 1º 356
30 - Ayudante 3º 26 - Ayudante 1º 356
31 - Ayudante 4º 27 - Ayudante 2º 353
32 - Ayudante 5º 27 - Ayudante 2º 353
33 - Ayudante 6º 28 - Ayudante 3º 350
34 - Ayudante 7º 28 - Ayudante 3º 350
Art.4º.- Fíjase la siguiente escala de sueldos para el
personal de la ESTACION EXPERIMENTAL AGRICOLA:
CATEGORIA ESCALA DE SUELDOS
1 - Contador 880
2 - Ayudante Técnico-Constructor Proyectista 680
3 - Bibliotecario - Secretario 589
4 - Jefe de Taller Mecánico 556
5 - Habilitado 550
6 - Capataz General 545
7 - Médico 530
8 - Auxiliar de Laboratorio-Dibujante Técnico 517
9 - 2º Jefe de Taller Mecánico 511
10 - Sub-Capataz 506
11 - Encargado de Inventario y Economato 497
12 - Auxiliar 1º 463
13 - Mecánico 458
14 - Electricista 455
15 - Auxiliar de Laboratorio 450
16 - Encargado de Impresiones 439
17 - Encargado de Campo y Depósito Obrero 429
18 - Auxiliar 2º 427
19 - Auxiliar 3º 415
20 - Obrero 413
21 - Mayordomo 406
22 - Auxiliar 4º 404
23 - Enfermero 402
24 - Mensajero 399
25 - Auxiliar 5º - Auxiliar de Impresiones 393
26 - Encargado de Buffet - Ordenanza 392
27 - Asesor Letrado-Encargado de Relaciones Publicas 360
Art.5º.- Fíjase la siguiente escala de sueldos para el
personal del CASINO DE TUCUMAN:
CATEGORIA ESCALA DE SUELDOS
1 - Gerente 1.290
2 - Sub-Gerente 1.090
3 - Contador 990
4 - Tesorero 833
5 - Secretario General - Sub-Contador 768
6 - Pro-Tesorero- Encargado Prevensión- Jefe
de Juego 713
7 - Sub-Encargado de Prevensión 658
8 - Jefe de Carteado y Ruleta 647
9 - Pro-Secretario 626
10 - Médico- Encargado de Sección-Jefe de Sala 593
11 - Auxiliar 1º Intendente 538
12 - Encargado de Boletería 503
13 - Auxiliar de 2a.-Sub-Intendente-Inspector 478
14 - Auxiliar de 3a.- Encargado de Conversión-
Cabina de Turno y Caja - Encargado Sección
Electricidad y Refrigeración - Mayordomo 445
15 - Ventanillero 434
16 - Cerrajero - Jefe de Mesa 421
17 - Electricista - Chófer - Pagador de 1a.- En-
cargado de Cilindros 407
18 - Cajero - Auxiliar de Conversión 396
19 - Pagador de 2a.- Sección Juego - Enfermero 385
20 - Tallador de 1a. 380
21 - Ayudante Tallador de 2a. - Auxiliar Cabina
de Turno 374
22 - Portero - Carpintero - Pintor - Jardinero 363
23 - Ordenanza-Peón de Limpieza-Sereno-Auxiliar-
Armado de Naipes 352
24 - Ayudante Carpintero - Ayudante Cerrajero 350
25 - Escobita - Personal de Baño 350
Art.6º.- Fíjase la siguiente escala de sueldos para el
personal del INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA PROVINCIA:
CATEGORIA ESCALA DE SUELDOS
1 - Director General 1.590
2 - Gerente General 1.690
3 - Gerente Departamental - Auditor 1.480
4 - Secretario - Tesorero 1.252
5 - Jefe de Contabilidad Central 1.135
6 - Jefes Departamentales 1.066
7 - Asesor Letrado - Jefe Divisional 891
8 - Médico - Encargado de Oficina 750
9 - Procurador - Mayordomo 657
10 - Auxiliar de 1a. 553
11 - Auxiliar 553
12 - Ayudante de 1a. 483
13 - Ayudante 445
14 - Chófer y otros 440
15 - Ordenanzas y otros 415
16 - Mensajeros 350
Art.7º.- Increméntase el jornal diario en la suma de
CUATRO PESOS CON SESENTA CENTAVOS ( $ 4,60), para el perso-
nal jornalizado de la DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD, ES-
TACION EXPERIMENTAL AGRICOLA y de la ADMINISTRACION CENTRAL
que no tenga otros regímenes especiales de remuneraciones.
Art.8º.- Asígnase a todo el personal Supernumerario men-
sualizado, un incremento similar al establecido en el es-
calafón general de la Administración, fijado en el artículo
3º de la presente ley, a cuyo efecto deberá tomarse como
base, en cada caso, el nivel actual de ocupación según la
escala vigente a la fecha.
Art.9º.- Suprímese en la Planta Permanente de Personal
fijada por la ley de presupuesto vigente, el número de car-
gos que por categorías y reparticiones se establece a con-
tinuación, a partir del 1º de enero de 1971:
DIRECCION DE TRABAJO
1 Cargo de Auxiliar Mayor - Clase 19
CONTRALOR AZUCARERO
4 Cargos de Oficial 2º - Clase 15
MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL
e) Departamento de Planificación
1 Cargo Clase 8 - Director de Departamento
SECRETARIA DE TRANSFORMACION AGROINDUSTRIAL
3 Cargos clase 10 - Asesores Ejecutivos
2 Cargos de Oficial 3º - Clase 16
1 Cargo de Auxiliar 5º - Clase 25
CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA
5 Cargos de Auxiliar 4º - Clase 24
SECRETARIA DE ESTADO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y MINERIA
2 Cargos de Director - Clase 4
4 Cargos de Director - Clase 8
5 Cargos de Director - Clase 10
5 Cargos de Oficial Superior - Clase 11
2 Cargos de Oficial Mayor - Clase 12
8 Cargos de Oficial Principal- Clase 13
2 Cargos de Oficial 1º - Clase 14
2 Cargos de Oficial 2º - Clase 15
1 Cargo de Oficial 3º - Clase 16
2 Cargos de Oficial 4º - Clase 17
2 Cargos de Auxiliar Mayor - Clase 19
6 Cargos de Auxiliar 1º - Clase 21
2 Cargos de Auxiliar 3º - Clase 23
2 Cargos de Auxiliar 4º - Clase 24
4 Cargos de Auxiliar 5º - Clase 25
Art.10.- Modifícase la Planta Permanente de Personal
asignado en la ley de presupuesto vigente, a partir del 1º
de enero de 1971, incorporando en las categorías y repar-
ticiones que se indican, los cargos siguientes:
CONSEJO PROVINCIAL DE DIFUSION CULTURAL
1 Cargo de Auxiliar Mayor - Clase 19
1 Cargo de ayudante 1º - Clase 28
DIRECCION DE TURISMO Y PARQUES PROVINCIALES
1 Cargo de Auxiliar 4º - Clase 24
1 Cargo de Auxiliar 5º - Clase 25
DEPARTAMENTO DE MATERIALES Y CONSTRUCCIONES ESCOLARES
2 Cargos de Oficial 1º- Clase 14
DIRECCION PROVINCIAL DEL AGUA
1 Cargo de Auxiliar 2º - Clase 22
2 Cargos de Auxiliar 5º - Clase 25
DIRECCION DE ARQUITECTURA Y URBANISMO
2 Cargos de Jefe Divisional - Clase 8
2 Cargos de Profesional - Clase 10
3 Cargos de Oficial 2º - Clase 15
2 Cargos de Oficial 4º - Clase 17
1 Cargo de Auxiliar 2º - Clase 22
2 Cargos de Auxiliar 5º - Clase 25
SECRETARIA DE TRANSFORMACION AGROINDUSTRIAL
2 Cargos de Director - Clase 4
6 Cargos de Director - Clase 8
7 Cargos de Director - Clase 10
9 Cargos de Oficial Mayor - Clase 12
8 Cargos de Oficial Principal - Clase 13
3 Cargos de Oficial 1º - Clase 14
3 Cargos de Oficial 3º - Clase 16
1 Cargo de Auxiliar Mayor - Clase 19
2 Cargos de Auxiliar Principal - Clase 20
1 Cargo de Auxiliar 1º - Clase 21
5 Cargos de Auxiliar 5º - Clase 25
4 Cargos de Auxiliar 3º - Clase 23
3 Cargos de Auxiliar 6º - Clase 26
2 Cargos de Ayudante 1º - Clase 28
SECRETARIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA
2 Cargos de Oficial 3º - Clase 16
1 Cargo de Auxiliar Principal - Clase 20
1 Cargo de Auxiliar 6º - Clase 26
DIRECCION DE TRABAJO
1 Cargo de Oficial 5º - Clase 18
1 Cargo de Ayudante 1º - Clase 28
1 Cargo de Ayudante 2º - Clase 29
1 Cargo de Ayudante 5º - Clase 32
MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL
e) Departamento de Planificación
1 Cargo Clase 7 - Director de Departamento
CAMARA GREMIAL DE PRODUCTORES DE AZUCAR
1 Cargo de Oficial Superior - Clase 11
1 Cargo de Oficial Mayor - Clase 12
2 Cargos de Oficial Principal - Clase 13
DIRECCION PROVINCIAL DE AERONAUTICA
1 Cargo de Oficial 1º - Clase 14
1 Cargo de Auxiliar 2º - Clase 22
CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA
5 Cargos de Auxiliar Principal - Clase 20
Art.11.- Facúltase a la CAJA POPULAR DE AHORROS DE LA
PROVINCIA para incrementar con sus propios recursos, las
partidas presupuestarias de Personal en la suma necesaria
para atender el cumplimiento respectivo del Convenio sala-
rial.
Art.12.- Los recursos para atender las mayores erogacio-
nes que demande el cumplimiento de la presente ley, serán
atendidos por el Tesoro Nacional, de conformidad con lo es-
tablecido por el artículo 2º del decreto nacional Nº 1703,
de fecha 8 de junio de 1971.
Art.13.- Autorízase a CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA
a reajustar los créditos presupuestarios que en cumplimiento
de la presente ley sean necesarios efectuar.
Art.14.- La Planta de Personal Permanente establecida en
la ley de presupuesto vigente, con las modificaciones intro-
ducidas por la presente ley, constituye la dotación total de
personal de la ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL, cuya com-
posición por Items, especialidad, categorías y número de
cargos por clase no podrá ser modificado, redistribuido,
reemplazado o alterado por ninguna causa. Los cargos no cu-
biertos que por cualquier naturaleza hubiere en el ejercicio
presupuestario, constituyen economías de ejecución defini-
tiva en los importes correspondientes, siendo de ningún
efecto cualquier disposición o interpretación en contrario.
Art.15.- Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comu-
níquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en el
Registro Oficial de Leyes y Decretos.
FIJA NUEVAS REMUNERACIONES PARA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
PROVINCIAL.