* CADUCA *
La Sala de Representantes de la Provincia, sanciona con
fuerza de
L E Y:
Art. 1º.- Ábrese un crédito suplementario al inciso 2,
del artículo 11 del presupuesto vigente, por la cantidad de
dos cientos pesos.
Art. 2º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones, Tucumán, Noviembre 29 de 1872.