• Detalle de Ley

    Ley N°: 3599
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 19/09/1969
    Promulgada: 19/09/1969
    Publicada: 03/10/1969
    Boletin Of. N°: 17095

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       VISTO la autorización  concedida por el Superior Gobierno
    de la Nación, mediante decreto Nº 4562, de fecha 18 de agos-
    to de 1969,  y  en  ejercicio de las facultades legislativas
    que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución
    Argentina,
    
         EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN SANCIONA Y
                       PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.-Increméntase en  la  suma de SETECIENTOS SE-
    SENTA Y OCHO  MILLONES  TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEIS-
    CIENTOS SETENTA Y  TRES PESOS MONEDA NACIONAL ($ 768.396.673
    m/n)., el Presupuesto General de Gastos de la Administración
    Central y entidades  descentralizadas, previstos en el artí-
    culo 1º de la ley 3553.
    
       Art.2º.- Estímase un  incremento de UN MIL VEINTITRÉS MI-
    LLONES TRESCIENTOS NOVENTA  Y SEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y
    TRES PESOS NOMEDA  NACIONAL ($ 1.023.396.673.- m/n), los re-
    cursos que fija el artículo 2º de la Ley de Presupuesto para
    1969.
    
       Art.3º.- Los montos autorizados por los artículos 1º y 2º
    de la presente ley, se distribuirán de la siguiente manera:
       a) La partida   principal  Personal  se  aumentará  en  $
    293.000.000.- m/n.
       b) La partida  principal Bienes (erogaciones corrientes),
    se aumentará en $ 70.000.000.- m/n-
       c) La partida  crédito  adicional de capital se aumentará
    en $ 325.396.673.-  m/n.,  de  los  cuales  se destinarán, $
    100.000.000.- m/n., para  reforzar los Bienes de Capital y $
    225.396.673.- m/n., para reforzar la partida de Trabajos Pú-
    blicos.
       d) Increméntase la   partida    Trabajos  Públicos  en  $
    80.000.000 m/n.
       Facúltase al Poder  Ejecutivo  para distribuir a nivel de
    agregados los créditos precedentes.
    
       Art.4º.- Déjase en suspenso, por esta única vez, para los
    ejercicios pendientes de  cierres anteriores al año 1969 por
    la  suma  de  SETENTA  MILLONES  NOVECIENTOS NOVENTA Y  SEIS
    MIL  SEISCIENTOS  SETENTA  Y  TRES  PESOS  MONEDA   NACIONAL
    ($ 70.996.673.- m/n), la ley  Nº 2698  que fija la distribu-
    ción de utilidades del CASINO DE TUCUMÁN.
    
       Art.5º.- Fíjase una  economía por no inversión en la Sec-
    ción Erogaciones Corrientes en $ 200.000.000.- m/n.
    
       Art.6º.- Auméntase el  crédito adicional de la Sección E-
    rogaciones Corrientes en $ 200.000.000.- m/n.
    
       Art.7º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
    níquese, dése al  Boletín Oficial y archívese en el Registro
    Oficial de Leyes y Decretos Reglamentarios.-

  • Relaciones

    Modifica a Ley 3553
    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    INCREMENTA EL PRESUPUESTO GENERAL ESTABLECIDO POR LEY N°
    3553 PARA EL AÑO 1969.

  • Observaciones