* CADUCA *
Visto la ley nacional Nº 17.578, de fecha 28 de Diciembre
de 1967, que dispone ampliar, hasta el 31 de diciembre de
1968, la prórroga dispuesta por ley Nº 17.129, del régimen
de distribución de los impuestos internos nacionales insti-
tuidos por la ley nº 14.390 y sus disposiciones modificato-
rias y/o complementarias, como asimismo ampliar hasta igual
fecha, la prórroga dispuesta por la citada ley nº 17.129 del
régimen de distribución de los impuestos de coparticipación
instituido por la ley nº 14.788 y sus disposiciones modifi-
catorias y/o complementarias, y atento a la autorización que
confiere a los Gobiernos provinciales el Art 5º de la men-
cionada ley Nº 17.578,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Dispónese la adhesión de la Provincia de
Tucumán, a la ampliación, hasta el 31 de diciembre de 1968,
dispuesta por ley nacional Nº 17.578, de fecha 28 de diciem-
bre de 1967, de las prórrogas dispuestas por ley Nº 17.129
de los regímenes de distribución del producido de los im-
puestos nacionales de coparticipación federal, instituidos
por las leyes Nros.14.390 y 14.788, sobre distribución de
impuestos internos unificados, y de coparticipación federal
en el producido de los impuestos a los réditos, a las ven-
tas, a las ganancias eventuales, etc., respectivamente.
Art.2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
níquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en el
Registro Oficial de Leyes y Decretos.-