* CADUCA *
San Miguel de Tucumán, mayo 10 de 1967.
Visto que el Superior Gobierno de la Nación, mediante de-
creto Nº 2397, de fecha 10 de abril de 1967 faculta a la
Provincia de Tucumán para sancionar y promulgar la Ley de
Presupuesto General de Gastos y Cálculos de recursos que ha
de regir para el ejercicio de 1967. Por tanto y en ejercicio
de las facultades legislativas que le confiere el artículo
9º del Estatuto de la Revolución Argentina,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Fíjase el Presupuesto General de Gastos de
la Administración Provincial, para el año 1967, en la suma
de Diez y Siete Mil Ciento Ochenta y Nueve Millones Tres-
cientos Setenta y Siete Mil Setecientos Sesenta y Un pesos
Moneda Nacional de acuerdo con las cifras que se indican a
continuación y detalle que figura en planillas anexas:
SECCION I - PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
I T E M Gastos en Otros Gastos TOTAL
Personal
PRIMERA PARTE-
Presupuesto de Gas-
tos e Inversiones
de Funcionamiento
I- Administración
de la Legislatura 67.331.000 10.922.000 78.253.000
II - Poder Judicial 535.416.000 20.190.000 555.606.000
III - Gobernación 62.591.200 38.232.500 100.823.700
IV - Ministerio de
Gobierno, Justicia
e Instrucción 3.366.384.836 262.970.274 3.629.355.110
Pública
V- Ministerio
de Economía 600.500.800 240.783.100 841.283.900
VI- Ministerio
de Salud Pública 1.315.252.600 327.400.000 1.642.652.000
VII- Tribunal de
Cuentas 20.000.000 10.000.000 30.000.000
VIII- Deuda
Pública 2.683.886.661 2.683.886.661
IX- Crédito de
Emergencia 200.000.000 200.000.000
X- Obligaciones
a Cargo del Tesoro 2.532.826.448 2.532.826.448
5.967.476.436 6.327.210.983 12.294.687.419
SEGUNDA PARTE-
Plan de Trabajos
Públicos 1.379.920.726 1.379.920.726
T O T A L 5.967.476.436 7.707.131.709 13.674.608.145
SECCION II - PRESUPUESTO DE LOS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
I T E M S Gastos en Otros Gastos TOTAL
Personal
PRIMERA PARTE_
Presupuesto de
Gastos e Inver-
siones de Fun-
cionamiento
1- Dirección Pro-
vincial de Turismo 35.600.000 56.166.000 91.766.000
2- Inspección Gral.
de Comunas Rurales 17.849.400 4.240.000 22.089.400
3- Consejo Prov. de
Difusión Cultural 50.249.400 24.100.000 74.349.400
4- Dirección Prov.
de Aeronáutica 21.897.200 21.400.000 43.297.200
5- Banco de la Pcia. 542.051.450 161.000.000 703.051.450
6- Caja Popular
de Ahorros 326.413.700 130.753.000 457.166.700
7- Instituto de
Prev. Social de
la Provincia 66.682.000 20.843.858 87.525.858
8- Cámara Gremial
de Produc. de Azúcar 19.489.600 6.268.000 25.757.000
9- Dirección Provin-
cial de Vialidad 127.004.708 255.300.000 382.304.708
10- Estación Expe-
rimental Agrícola 50.763.272 48.297.628 99.060.900
11- Casino de Tuc. 141.386.400 109.000.000 250.386.400
1.399.387.130 837.368.486 2.236.755.616
SEGUNDA PARTE- PLAN
DE TRABABAJOS PU-
BLICOS 1.278.014.000 1.278.014.000
T O T A L 1.399.387.130 2.115.382.486 3.514.769.616
R E S U M E N
TOTAL SECCION I 5.967.476.436 7.707.131.709 13.674.608.145
TOTAL SECCION II 1.399.387.130 2.115.382.486 3.514.769.616
TOTAL DEL PRESU-
PUESTO DE GASTOS 7.366.863.566 9.822.514.195 17.189.377.761
Art.2º.- El presupuesto de gastos a que se refiere el ar-
tículo anterior será cubierto por los siguientes recursos:
SECCION I - Presupuesto de la Administración Central
10.675.694.204
PRIMERA PARTE - Presupuesto de Gastos e In-
versiones de funcionamiento 9.295.973.478
I - En efectivo 9.295.973.478
a) De origen provincial 3.056.173.478
1 Impuesto de Sellos 500.000.000
2 Impuesto de S. Pública 670.000.000
3 Impuesto a las activi-
dades Lucrativas 525.000.000
4 Impuesto Inmobiliario 660.000.000
5 Impuesto con afecta-
ción especial 8.000.000
6 Impuesto a los auto-
motores y rodados 100.000.000
7 Imp. a los juegos
de azar autorizados 250.000.000
8 Impuestos Policiales 100.000.000
9 Impuesto a la Transmición
Gratuita de bienes 50.000.000
10 Impuesto de Irrigación 40.000.000
11 Eventuales Generales
y Recursos Varios 50.000.000
12 Gravámen por Inspec.
del Transp. Automotor 3.000.000
13 Utilidad Casino de Tuc. 100.000.000
14 Reintegro Interés por
préstamo 173.478
a) Direc.Prov.de Vialidad
Ley 2023 $ 85.263.85
b) Instituto de Prev.Social
Ley 2023 $ 88.214.15
b) De origen nacional 6.239.800.000
1 Participación por Ley
Nac. de Imp. Interno
Unificado 1.405.000.000
2 Participación por Ley Nac.
Impuestos Adicional por
aceites lubricantes 87.600.000
3 Participación por Ley
Nac.de Imp.Adicional a
los Automotores 79.000.000
4 Participacion por Ley
Nac.de Impuesto a los
réditos 2.161.500.000
5 Participación por Ley
Nac.de Impuesto de E-
mergencia 244.200.000
6 Participación por Ley
Nac.de Imp.a las ganan-
cias eventuales 99.500.000
7 Participación Nacional
de Imp.a los beneficios
extraordinarios 300.000
8 Participación por Ley
Nacional sobre revalua-
ción de activos 700.000
9 Participación por ley Nacio-
nal de Impuesto al incre-
mento patrimonial no
justificado 600.000
10 Participación por ley Nacional
de Impuesto a la produc-
ción agropecuaria y ce-
reales 17.700.000
11 Participación por ley Na-
cional de Impuesto a
la venta 1.890.200.000
12 Participación por Na-
cional de Impuesto a
la venta del valor mo-
biliario 1.300.000
13 Participación por Ley
Nacional de Impuesto
sustitutivo del gravá-
men de la transmisión
gratuita de bienes 252.200.000
SEGUNDA PARTE - Plan de Trabajos Públicos 1.379.920.726
I - En efectivo 1.292.920.726
1 Aporte de la 1ra.Parte-
(Anexo X-Inc.12) 1.130.220.726
2 Reintegro por ventas de
viviendas 12.700.000
3 Por venta de 30.000.000
Kw/h a $ 5.00 el Kw/h 150.000.000
II- Del Crédito 87.000.000
1 Convenio Electrificación
Rural 75.000.000
2 Financiación Dique El
Cadillal 12.000.000
SECCION II - Presupuesto de los
Organismos Descen-
tralizados 3.514.769.616
PRIMERA PARTE - Presupuesto de
Gastos e Inversiones
de Funcionamiento 2.236.755.616
I - En efectivo 2.236.755.616
a) Propios 1.998.479.894
1 Dirección Provincial de
Turismo 91.766.000
2 Inspección General de Comu-
nas Rurales 22.089.400
3 Consejos Provincial de Di-
fusión Cultural 18.500.000
4 Dirección Provincial de Ae-
ronáutica 24.500.000
5 Banco de la Provincia 703.051.450
6 Caja Popular de Ahorros 457.166.700
7 Instituto de Previsión So-
cial de la Provincia 87.525.858
8 Cámara Gremial de Produc-
tores de Azúcar 25.757.600
9 Dirección Provincial de
Vialidad 218.675.586
10 Estación Experimental A-
grícola 99.060.900
11 Casino de Tucumán 250.386.400
b) Otros 238.275.722
a) Aporte del Estado para
el Consejo Provincial
de Difusión Cultural 55.849.400
b) Aporte del Estado para
la Dirección Provincial
de Aeronáutica 18.797.200
c) Aporte del Estado para
la Dirección Provincial
de Vialidad 163.629.122
SEGUNDA PARTE - Plan de Trabajos Públicos 1.278.014.000
I - En efectivo 1.278.014.000
Caja Popular de Ahorros
a) Propios
1 Aportes Sección II,Pri-
mera Parte (Partida
Principal 14) 10.000.000
Estación Experimental Agrícola
a) Propios
1 (Aporte Sección II,Primera
Parte) (Partida Principal
14) 2.700.000
Banco de la Provincia
a) Propios
1 Aporte Sección II, Primera
Parte (Partida Principal
14) 30.000.000
Dirección Provincial de Turismo
a) Propios
1 Recursos ordinarios 150.314.000
Dirección Provincial de
Vialidad
a) Propios
1 Aporte Sección II, Pri-
mera Parte (Partida
Principal 14) 130.000.000
2 Aporte Nacional Fondo
Ley 505/58 275.000.000
3 Aporte Nacional Fondo
Ley 15273/15274 60.000.000
b) Otros
1 Aporte Sección I, Pri-
mera Parte (Anexo X Inci-
so 12) 620.000.000
TOTAL DE RECURSOS 14.190.663.820
Economía de Gastos, Ar-
tículo 4, 5 y 6 de la
presente Ley 105.187.638
Déficit de la Sección
I, de la Primera Parte 2.893.526.303
T O T A L 17.189.377.761
Art.3º.- Facúltase al Poder Ejecutivo para refundir, su-
primir crear o redistribuir departamentos, divisiones, sec-
ciones y oficinas, de la Administración Central y Organismos
Descentralizados por razones de Economía o racionalización
administrativa quedando asimismo autorizado a compensar las
partidas correspondientes a Ítem de distintos Anexos o dis-
tintos Anexos entre sí, siempre que de las compensaciones
autorizadas no surja un aumento del monto de los gastos pre-
supuestados en el artículo 1º, de la presente Ley.
La facultad que se otorga al Poder Ejecutivo por esta vez
será adoptada mediante Decreto Acuerdo, con comunicación a
la Secretaría de Gobierno del Ministerio del Interior y ten-
drá una duración de 120 días corridos a contar de la promul-
gación de la presente Ley.
Art.4º.- Las distintas Reparticiones de la Administración
Central y Descentralizada aplicará un 10% de economía sobre
las siguientes Partidas Principales:
Partida Principal 1 - Gastos Generales
Partida Principal 2 - Gastos Especiales
Partida Principal 7 - Inversiones
Art.5º.- Aplícase igual economía que en el artículo ante-
rior a las Partidas Parciales 2 Beneficencia y 3 Diversos
del Inciso 8º - Subsidios y Subvenciones, correspondientes
la misma alícuota a cada uno de los apartados que la compo-
nen.
Art.6º.- La economía que surja del artículo 4º, en los
Organismos Descentralizados les implica una igual disminu-
ción en el aporte que le fija el Inciso 7º, del Presupuesto
de la Administración Central.
Art.7º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese en el Boletín
Oficial y archívese en el Registro Oficial de Leyes y Decre-
tos.-
FIJA EL PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS Y CALCULO DE RECURSOS
DE LA ADMINISTRACION PARA EL AÑO 1967.