* CADUCA *
La Sala de Representantes de la Provincia sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al P.E. para que nombre una co-
misión compuesta de tres vecinos que redacte un reglamento
de irrigación en la Provincia.
Art.2º.- Redactado que sea dicho reglamento, el Poder
Ejecutivo lo pasará a la Legislatura para su revisión y
sanción.
Art.3º.- La Legislatura, sancionado que sea el expresado
proyecto, determinará la cantidad con la que han de ser re-
munerados sus autores.
Art.4º.- Comuníquese al P.E.
Sala de Sesiones, Tucumán, Enero 17 de 1872.-