• Detalle de Ley

    Ley N°: 3398
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 22/12/1965
    Promulgada: 10/01/1966
    Publicada: 07/02/1966
    Boletin Of. N°: 16197

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia  de
    Tucumán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Desde  el 1º de enero de 1965 los sobrantes
    de las partidas  de  los presupuestos de la Honorable Legis-
    latura, provenientes de leyes especiales, de venta de bienes
    de propiedad de  las  respectivas  Cámaras,  depositarán  en
    cuentas especiales que  abrirá cada una de ellas en el Banco
    de la Provincia  de Tucumán, cuya denominación será " Ley Nº
    .Cámara de..." las  que  se  mantendrán  abiertas  permanen-
    temente con sus  respectivos saldos, a pesar del vencimiento
    de los ejercicios.
    
       Art.2º.- Los presidentes  de cada Cámara harán uso de los
    fondos dispuestos por  esta ley para satisfacer erogaciones,
    cualquiera sea su  naturaleza  y ejercicio, independiente de
    los créditos asignados   por  presupuesto,  debiendo  dichos
    gastos imputarse a la misma.
    
       Art.3º.- Los presidentes de cada Cámara podrán  disponer,
    sin perjuicio de lo establecido por el artículo anterior, de
    los fondos de  la  presente  ley  para el pago de facturas u
    otras necesidades, con  carácter  de anticipo y con cargo de
    reintegro una vez  que  se  hagan efectivos los libramientos
    girados sobre el presupuesto.
    
       Art.4º.- A los fines de lo dispuesto precedentemente, au-
    torízase a las  secretarías  de las respectivas Cámaras para
    transferir a las  cuentas especiales los fondos excedentes a
    que se refiere el artículo 1º.
    
       Art.5º.- Derógase toda  disposición que se oponga al cum-
    plimiento de la presente ley.
    
       Art.6º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de Tucumán,
    a veintidós días  del  mes  de  diciembre de mil novecientos
    sesenta y cinco.-
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 4505

  • Resumen

    DISPONE LA APERTURA DE CUENTAS ESPECIALES EN EL BANCO
    PROVINCIA PARA DEPOSITOS DE FONDOS SOBRANTES DE LOS
    PRESUPUESTOS DE LA HONORABLE LEGISLATURA .

  • Observaciones