• Detalle de Ley

    Ley N°: 3377
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 14/09/1965
    Promulgada: 10/12/1965
    Publicada: 04/01/1966
    Boletin Of. N°: 16172

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia  de
    Tucumán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a otorgar ga-
    rantía o aval  de  hasta $ 30.000.000 a favor de personas de
    existencia real o jurídica que gestionen préstamos de insti-
    tuciones bancarias o  de  créditos, nacionales o internacio-
    nales, con destino  a la construcción, instalación y habili-
    tación de plantas  para  deshidratamiento de hortalizas, le-
    gumbres y frutas,  fabricación de dulces y golosinas y enva-
    samiento de conservas de productos hortícolas.
    
       Art.2º.- El aval  que  otorgue el Poder Ejecutivo lo será
    en forma fraccionada  de  hasta $ 5.000.000 por cada persona
    que gestione préstamos  a  las  instituciones aludidas en el
    artículo anterior.
    
       Art.3º.- El interesado  deberá  acreditar  en forma sufi-
    ciente ante el  Poder Ejecutivo la inversión a realizar y el
    destino de la misma.
    
       Art.4º.- El gasto  que  demandare  el cumplimiento de las
    obligaciones emanadas de  la  presente  ley  se  imputará al
    anexo VIII, inciso  3º,  partidas  principales 1 y 2, a cuyo
    efecto facúltase al Poder Ejecutivo a ampliar la ley de pre-
    supuesto por el monto que resultare necesario.
    
       Art.5º.- El Poder  Ejecutivo reglamentará la presente ley
    dentro de los sesenta días de su promulgación.
    
       Art.6º.- Comuníquese.
    
       Dada en la  Sala  de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de Tucumán, a  catorce días del mes de setiembre del año mil
    novecientos sesenta y cinco.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A OTORGAR AVAL PARA LA
    CONSTRUCCION DE PLANTAS DE DESHIDRATACIÓN DE FRUTAS,
    HORTALIZAS, FÁBRICAS DE DULCES, ETC.

  • Observaciones