• Detalle de Ley

    Ley N°: 306
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: CONSTITUCIONAL
    Sancionada: 11/03/1870
    Promulgada: 12/03/1870
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       La Sala de R.R. en uso de sus atribuciones
    
                              DECRETA:
    
       Artículo 1º.- Declárase que los  jueces y fiscales renta-
    dos por la Provincia  no  están impedidos de abogar  en  las
    causas que hubieren aceptado antes de su nombramiento.
    
       Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
    
       Sala de Sesiones, Tucumán, Marzo 11 de 1870.-
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 290
    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    DECLARA QUE LOS JUECES Y FISCALES PAGADOS POR LA PROVINCIA NO ESTAN IMPEDIDOS DE ABOGAR EN CAUSAS ACEPTADAS ANTES DE SU CARGO.-

  • Observaciones

    COMPILACIÓN DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 4- PAGINA 103.-