* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar,
en la forma prevista por la ley nº 1.975, la pavimentación
de las siguientes calles de la ciudad de Simoca: Bartolomé
Mitre hasta la salida a la ruta nacional, 24 de Septiembre,
Belgrano, Alvaro Gómez Llueca hasta la salida a la ruta pro-
vincial, San Martín, Moreno, Rivadavia y Congreso.
Art.2º.- A los fines de lo dispuesto en el artículo ante-
rior, autorízase al Poder Ejecutivo a anticipar de Rentas
Generales, con imputación a la presente ley y con cargo de
reembolso del fondo previsto en la ley mencionada en el ar-
tículo precedente, hasta la suma de $ 3.500.000.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura de Tucu-
mán, a los catorce días del mes de junio de mil novecientos
sesenta.-