• Detalle de Ley

    Ley N°: 295
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 25/01/1869
    Promulgada: 28/01/1869
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       La Sala  de  Representantes de la Provincia ha sancionado
    con fuerza de
    
                                L E Y :
    
       Artículo 1º.- Es  deuda  de la Provincia la  suma de ocho
    mil cuatrocientos pesos bolivianos recogidos por el Gobierno
    en Julio  del sesenta y siete, pertenecientes a la contribu-
    ción impuesta  por la anterior Administración a los guardias
    nacionales como  condición para excusarse de la campaña a la
    Rioja, a razón de trescientos pesos por individuo.
    
       Art. 2º.- Dicha suma será pagada a los  contribuyentes en
    dos años,  por mitad, a contar desde la promulgación de esta
    ley.
    
       Art. 3º.- Con este fin se les otorgará papeles de crédito
    al portador  y  que serán recibidos en las oficinas fiscales
    por su valor escrito en pago de impuestos.
    
       Art. 4º.- Comuníquese.
    
       Tucumán, Enero 25 de 1869.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    RECONOCE COMO DEUDA DE LA PROVINCIA LA SUMA DESTINADA A LOS GUARDIAS NACIONALES POR EXCUSARSE DE LA CAMPAÑA A LA RIOJA.-

  • Observaciones

    COMPILACIÓN DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 4- PÁG.58.-