* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Concédese a S.E. el señor Gobernador ciento
veinte días de licencia, para ausentarse del territorio de
la provincia cuando lo estime oportuno.
Art.2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de Tucumán,
a cuatro días del mes de febrero de mil novecientos cincuen-
ta y nueve.-