• Detalle de Ley

    Ley N°: 2828
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: CONSTITUCIONAL
    Sancionada: 04/02/1959
    Promulgada: 12/02/1959
    Publicada: 27/02/1959
    Boletin Of. N°: 14488

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Concédese a S.E. el señor Gobernador ciento
    veinte días de  licencia,  para ausentarse del territorio de
    la provincia cuando lo estime oportuno.
    
       Art.2º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de Tucumán,
    a cuatro días del mes de febrero de mil novecientos cincuen-
    ta y nueve.-
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    CONCEDE LICENCIA AL SR. GOBERNADOR DE LA PROVINCIA POR EL TERMINO DE CIENTO VEINTE DIAS, PARA AUSENTARSE CUANDO LO ESTIME OPORTUNO.-

  • Observaciones