• Detalle de Ley

    Ley N°: 2780
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: CULTURA Y EDUCACION - ECONOMICO
    Sancionada: 16/12/1958
    Promulgada: 07/01/1959
    Publicada: 09/01/1959
    Boletin Of. N°: 14461

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Destínase  hasta  la  suma de cuatrocientos
    mil pesos moneda  nacional  para los gastos que demanden las
    reparaciones de la escuela provincial de la Villa de Leales.
    
       Art.2º.- El Departamento de Obras  Públicas de la Provin-
    cia procederá a  efectuar las reparaciones  a que se refiere
    el artículo anterior, directamente por administración.
    
       Art. 3º.- El  gasto  que  demande  el  cumplimiento de la
    presente ley se hará de rentas generales con imputación a la
    misma.
    
       Art.4º.- Comuníquese.
    
       Dada en la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
    a dieciséis días   del    mes   de  diciembre  del  año  mil
    novecientos cincuenta y ocho.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    DESTINA SUMA DE DINERO PARA GASTOS DE REPARACIÓN DE LA ESCUELA PROVINCIAL DE LA VILLA DE LEALES.-

  • Observaciones