• Detalle de Ley

    Ley N°: 2683
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 27/06/1958
    Promulgada: 01/07/1958
    Publicada: 26/12/1958
    Boletin Of. N°: 14447

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.-  Acuérdase, por una sola vez, al Colegio de
    Abogados de  Tucumán  un  subsidio  por la suma de $ 30.000-
    para sufragar  los  gastos que demande la segunda reunión de
    la Junta  de Gobierno de la Federación Argentina de Colegios
    de Abogados, que se  reunirá en  la ciudad  de San Miguel de
    Tucumán el día 8 de julio próximo.
    
       Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento  de la pre-
    sente ley, se atenderá de rentas generales  con imputación a
    la misma.
    
       Art.3º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de Tucumán,
    a veintisiete  de junio de mil novecientos cincuenta y ocho.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    OTORGA SUBSIDIO AL COLEGIO DE ABOGADOS PARA SUFRAGAR LOS GASTOS QUE DEMANDE LA 2° REUNION DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA FEDERACION ARGENTINA.-

  • Observaciones