* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Concédese permiso a S.E el señor Gobernador
de la Provincia, Don Luis Cruz, por el término de 90 días,
para ausentarse del territorio de la Provincia en el tiempo
que lo juzgue oportuno.
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a catorce días del mes de Junio
del año mil novecientos cincuenta y dos.