* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo. 1º.- Amplíase de Rentas Generales en la suma de
setenta y cinco mil pesos moneda nacional, la partida 12,
apartado a), ítem 17, inciso XXIV, anexo A. de la ley de
presupuesto general para 1947, que destina fondos para gas-
tos de forraje y alimentación para animales incluso
herraduras.
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de Tucumán, a veintisiete días del mes de noviembre de mil
novecientos cuarenta y siete.-