* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Facúltase a la Caja Popular de Ahorros de
la Provincia para realizar una emisión extraordinaria de
certificados con motivo de la festividad del 25 de diciembre
próximo, con un primer premio de doscientos cincuenta mil
pesos moneda nacional.
Esta emisión no estará sujeta a gravamen provincial ni al
canje prescripto por el artículo 6º de la ley 1.253, del 13
de julio de 1915 (T.O.), y de su producido se destinará la
suma de cincuenta mil pesos moneda nacional para ser
distribuida por ley.
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a vein-
tiocho días del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta
y seis.-