* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Destínase la suma de diez mil pesos moneda
nacional, por una sola vez, como ayuda para costear los gas-
tos de refacciones en la Iglesia de Simoca.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley, se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma.
Art.3º.- Declárase esta ley de carácter urgente.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a once días del mes de mayo de mil novecientos cuarenta y
dos.