• Detalle de Ley

    Ley N°: 1894
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: CULTURA Y EDUCACION - ECONOMICO - SALUD
    Sancionada: 20/10/1941
    Promulgada: 27/10/1941
    Publicada: 14/11/1941
    Boletin Of. N°: 9804

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado y Cámara de  Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- El Consejo  General de Educación, por medio
    de su Cuerpo Médico organizará el catastro radiográfico pul-
    monar del alumnado de la Capital.
    
       Art.2º.- Todas  las reparticiones provinciales poseedoras
    de aparatos  de rayos X están obligadas a prestar su apoyo a
    esta obra.
    
       Art.3º.- Destínase,  por  una  sola vez, la suma de siete
    mil pesos  moneda nacional, con destino a la compra del apa-
    rato de Abreu, accesorios y películas radiográficas para tal
    efecto.
    
       Art.4º.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley.
    
       Art.5º.- El gasto  que demande el cumplimiento de la pre-
    sente ley,  se hará de Rentas  Generales con imputación a la
    misma.
    
       Art.6º.- Declárase esta ley de carácter urgente.
    
       Art.7º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable  Legislatura,
    a veinte días del mes de Octubre de mil novecientos cuarenta
    y uno.
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    ESTABLECE QUE EL CONSEJO DE EDUCACIÓN, POR MEDIO DE SU CUERPO MÉDICO ORGANIZARÁ EL CATASTRO RADIOGRÁFICO PULMONAR DEL ALUMNADO DE LA CAPITAL.-

  • Observaciones