* CADUCA *
La S. de R.R. en uso de sus facultades sanciona la si-
guiente
L E Y :
Artículo 1º.- Ábrese un crédito suplementario por la suma
de "mil pesos" para concurrir por parte del Gobierno a la
suscripción popular promovida en beneficio del pueblo de
Mendoza.
Art. 2º.- Comuníquese, etc.
Tucumán, Abril 27 de 1861.-