* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Acuérdase a la Sociedad Sarmiento en cali-
dad de subsidio extraordinario, por una sola vez, la canti-
dad de treinta mil pesos moneda nacional; para la Biblioteca
de Villa Alberdi, un mil pesos moneda nacional y para la Bi-
blioteca de Aguilares un mil pesos moneda nacional.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley, se hará de rentas generales con imputación a la
misma.
Art.3º.- Declárase esta ley de carácter urgente.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura a veinte
y tres días del mes de Junio de mil novecientos treinta y
nueve.-