* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Amplíase en la suma de doce mil pesos mo-
neda nacional la partida 1, ítem 6º, inciso III, Anexo A del
Presupuesto vigente.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma.
Art.3º.- Declárase esta ley de carácter urgente.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a doce días del mes de Diciembre del año mil novecientos
treinta y ocho.