• Detalle de Ley

    Ley N°: 1677
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES - ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 27/11/1936
    Promulgada: 03/12/1936
    Publicada: 09/12/1936
    Boletin Of. N°: 8356

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y Cámara de  Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Autorízase  al  Poder Ejecutivo  a invertir
    hasta la  suma  de cuatro mil pesos moneda nacional, para la
    adquisición de  una  cuadra  de terreno y construcción de un
    cementerio en  el mismo, en Gastona, Departamento de Chicli-
    gasta.
    
       Art.2º.- Autorízase  asimismo al P.E. a invertir hasta la
    suma de dos mil pesos moneda nacional, en la construcción de
    un cementerio  en  Los Aguirre, primer distrito del Departa-
    mento de Chicligasta.
    
       Art.3º.- Declárase  de utilidad pública y sujeta a expro-
    piación, una  hectárea  de terreno en punto adecuado para la
    construcción de  un cementerio en Los Agudo, Departamento de
    Río Chico,  destinándose  a  ese  efecto  hasta  la  suma de
    quinientos pesos moneda nacional.
    
       Art.4º.- Los  gastos  que  demande  el cumplimiento de la
    presente ley,  se harán de Rentas Generales con imputación a
    la misma.
    
       Art.5º.- Declárase esta ley de carácter urgente.
    
       Art.6º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable  Legislatura,
    a los veinte  y siete días  del mes de Noviembre del año mil
    novecientos treinta y seis.

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A INVERTIR EN LA ADQUISICIÓN DE UNA CUADRA DE TERRENO Y CONSTRUCCIÓN DE UN CEMENTERIO EN EL MISMO, EN GASTONA.-

  • Observaciones