* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Ábrese de Rentas Generales un crédito hasta
la suma de TRES MIL PESOS MONEDA NACIONAL, con el objeto de
efectuar los estudios necesarios para la provisión de aguas
corrientes a la población del Departamento de Cruz Alta de-
nominada la Banda del Río Salí.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley, se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma.
Art.3º.- Declárase esta ley de carácter urgente.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a veinte y siete días del mes de Octubre del año mil nove-
cientos treinta y seis.