* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo.1º.- Acuérdase un subsidio de tres mil pesos mo-
neda nacional, por una sola vez, al señor Juan Alfonso Ca-
rrizo, a fin de que pueda completar la compilación y ordena-
ción de la poesía nativa de la Provincia de Tucumán y sus
antecedentes para la historia.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma.
Art.3º.- Declárase esta ley de carácter urgente.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a vein-
te de noviembre de mil novecientos treinta y cinco.-