* DEROGADA *
La Honorable Sala de Representantes, en uso de las atri-
buciones que inviste ha sancionado la siguiente
L E Y :
Artículo 1º.- Delégase en el Poder Ejecutivo la atribu-
ción de conceder gracia sobre habilitación de edad para
administrar sus propios bienes, en los casos y con las
formalidades que las leyes determinan.
Art. 2º.- Comuníquese.
Sala de Sesiones, Tucumán, Agosto 29 de 1860.-