* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir
hasta la suma de cinco mil pesos moneda nacional, para el
estudio de las obras necesarias en la provisión de agua
potable en la Villa de La Cocha, utilizando las aguas del
río San Ignacio sus ampliaciones ulteriores.
Art. 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la
presente ley se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma.
Art. 3º.- Declárase esta ley de carácter urgente.
Art. 4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a veintiocho de mayo de mil novecientos veintiocho.