* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Banco de la Provincia para
construir casas de renta en una fracción del inmueble de su
propiedad ubicado en la esquina de las calles Las Heras y
Laprida, y para hipotecar dicho inmueble y los edificios
proyectados para las oficinas del Banco y para renta, de-
biendo invertirse el producido de estas operaciones en la
construcción de los mismos.
Art.2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. legislatura a quince
días del mes de marzo de mil novecientos veintisiete.