• Detalle de Ley

    Ley N°: 1345
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 30/12/1922
    Promulgada: 16/01/1923
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y Cámara de Diputados de la  Provincia de Tucu-
    mán, sanciona con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Queda fijado el Presupuesto General de Gas-
    tos de la Administración en la  cantidad  de $ 13.715.159.30
    (TRECE MILLONES SETECIENTOS QUINCE  MIL  CIENTO  CINCUENTA Y
    NUEVE PESOS CON  TREINTA  CENTAVOS  MONEDA NACIONAL DE CURSO
    LEGAL), para el año económico de mil novecientos veintitrés,
    distribuído en la siguiente forma:
    
                           A N E X O   A
                 DEPARTAMENTO DE GOBIERNO Y FOMENTO
    
       I - Departamento de Gobierno              86.700.-
      II - Ministerio de Gobierno               199.880.-
     III - Legislatura                          217.040.-
      IV - Departamento General de Policía    2.919.440.-
       V - Consejo de Higiene Pública           341.500.-
      VI - Oficina química                       43.200.-
     VII - Instituto de Microbiología, Higiene
           y Patología Tropical                  61.080.-
     VIII- Departamento del Trabajo              66.220.-
      IX - Departamento de Hidraúlica, Obras
           Públicas e Industrias                164.640.-
       X - Obra Públicas                        275.000.-
      XI - Departamento General de Irrigación
           y Aguas Potables                     197.780.-
     XII - Administración de Propiedades Fis-
           cales                                 17.160.-
     XIII- Estación Experimental Agrícola y
           Departamento de Agricultura Anexo    170.000.-
     XIV - Parque Centenario                     75.000.-
      XV - Asilo de Menores General Belgrano     50.000.-
      XVI- Instituto de Ciegos                   14.650.-
     XVII- Subvenciones                         116.800.-
    XVIII- Inspección General de Comisiones
           de Higiene y Fomento                  30.000.-
     XIX - Inspección y Contralor del Casino
          Hotel y Anexo                          29.400.-
                                 TOTAL     $  5.016.090.-
    
                           A N E X O   B
          DEPARTAMENTO DE JUSTICIA, HACIENDA E INSTRUCCIÓN
                             PÚBLICA:
       I - Ministerio                            77.280.-
      II - Administración de Justicia           731.840.-
      III- Justicia de Paz                      249.440.-
      IV - Boletín Oficial                       26.440.-
       V - Contaduría General                   153.980.-
       VI- Dirección General de Rentas          432.320.-
      VII- Tesorería General                     41.700.-
     VIII- Cárcel Penitenciaria                 245.520.-
      IX - Dirección de Estadística              34.680.-
       X - Archivo General                       66.720.-
      XI - Registro de Propiedades y Mandatos    32.580.-
     XII - Registro Civil                        60.580.-
    XIII - Academia de Bellas Artes              72.900.-
     XIV - Universidad de Tucumán:  $189.300.-
      XV - Educación Común                    2.818.140.-
      XVI- Oficina de Crédito Público             6.720.-
     XVII- Servicio de deuda y uso de cré-
           dito                               1.295.879.30
    XVIII- Banco de la Provincia: $199.040
     XIX - Caja Popular de Ahorros:  $ 239.160
      XX - Monte Pío Civil           "  16.620
      XXI- Culto                                  6.320.-
     XXII- Beneficencia                          97.400.-
    XXIII- Subvenciones                          74.950.-
     XXIV- Para el servicio de amortización e
           intereses del Empréstito a contra-
           tarse                              2.100.000.-
      XXV - Inspección de Suministros: $12.000
                                              8.625.389.30
    
                           A N E X O   C
              MINISTERIO DE OBRAS PÚLICAS E IRRIGACION
       I - Ministerio                            73.680.-
                          --------------
                             RESUMEN :
                     Gastos Anexo A : $   5.016.090.-
                        "     "   B : "   8.625.389.30.-
                        "     "   C : "      73.680.-
               TOTAL DE GASTOS      : $  13.715.159.30.-
    
       Art.2º.- Los gastos previstos en el artículo anterior se-
    rán cubiertos con el producido de los siguientes ramos:
    
                       CÁLCULOS DE RECURSOS
    
        I - Contribución Directa                 1.700.000.-
       II - Papel sellado y estampillas            420.000.-
      III - Impuestos a las herencias               30.000.-
      IV  - Impuestos de Irrigación (incluso a-
            trasado)                               220.000.-
       V  - Explotación de bosques y calera         50.000.-
       VI - Patentes Comerciales e industriales    650.000.-
      VII - Veedurías de marcas                     20.000.-
      VIII- Certificados de transferencias de
            cueros                                  35.000.-
       IX - Certificados de transferencias de
            ganados                                 50.000.-
        X - Guías de ganados y frutas               12.000.-
        XI- Impuestos a los vinos                  350.000.-
      XII - Impuestos a las bebidas alcohólicas     50.000.-
      XIII- Impuestos al alcohol                   500.000.-
      XIV - Impuestos al tabaco                    360.000.-
       XV - Patentes al azúcar (calculada s/
            150.000 toneladas)                   1.500.000.-
       XVI- a) Patente adicional al azúcar
           (calculada sobre 150.000 toneladas)
            medio centavo                          750.000.-
            b) Patente adicional a los Ingenios
            por tonelada de caña molida (cal-
            culada 2.500.000 toneladas)          5.000.000.-
     XVII - Patente a la caña                      360.009.-
     XVIII- Impuestos atrasados                    600.000.-
      XIX - Eventuales y recursos varios           200.000.-
      XX  - Patente adicional a la caña (ley 27
            de julio de 1909)                      120.000.-
      XXI - Producido de la ley 13 de julio de
            1915 (artículo 12, Inciso II)           75.000.-
      XXII- Producido de la ley 13 de julio de
            1915 (artículo 12, Inciso III)(mo-
            dificado por ley 10 octubre de 1918)    75.000.-
     XXIII- Obras de irrigación de Cruz Alta
            leyes de 24 de febrero de 1898 y 30 
            de marzo 1900)                          12.000.-
      XXIV- Cuotas concesionarios Canales de
            Río Chico                               16.000.-
      XXV - Cuotas concesionarios Marapa            12.000.-
      XXVI- Producido de aguas potables de V.
            Mitre y otras de la campaña             12.000.-
     XXVII- Subvención nacional para escuelas      300.000.-
    XXVIII- Boletín Oficial                         20.000.-
      XXIX- Laboratorio de Bacteriología             5.000.-
      XXX - Academia de Bellas Artes                 5.000.-
     XXXI - Inspección de Ferrocarriles              6.000.-
     XXXII- Banco de la Provincia (para el ser-
            vicio del empréstito 1909)             137.045.45
    XXXIII- Municipalidad de la Ciudad de Tucu-
            mán (para el servicio del empréstito)  109.636.39
    XXXIV - Para Comisiones de Higiene y Fo-
            mento:                 $ 27.900.-
                          TOTAL            $    13.761.681.84
    
       Art.3º.- Fíjase en el seis por mil, la tasa  del impuesto
    de Contribución Directa, para el año 1923, rigiendo sobre la
    nueva valuación de la propiedad raíz.
    
       Art.4º.- a) Créase un impuesto adicional al azúcar de me-
               dio  centavo, además del ya  fijado  en la ley de
               patentes vigente, por cada kilogramo de azúcar e-
               laborado en la Provincia en la zafra de 1923.
                b) Los Ingenios  pagarán como  patente adicional
               un impuesto de dos centavos  por tonelada de caña
               molida.
                  Cuando por causas que no sean de  fuerza mayor
               los Ingenios dejarán de moler las  cañas existen-
               tes, tanto  las  de su propiedad, como las de los
               cañeros, en la  proporción  que su  capacidad les
               permite, o  suspendieren la  molienda, existiendo
               aun cañas a moler; la patente adicional a los In-
               genios, será de dos pesos cincuenta  centavos por
               tonelada.
    
       Art.5º.- El año 1923, todo alcohol que se  fabrique en la
    Provincia abonará cinco  centavos moneda  nacional por litro
    en la forma que establece la ley de 25 de junio de 1910 y de
    acuerdo con el decreto reglamentario dictado con fecha 1º de
    julio del mismo año.
    
       Art.6º.- Durante el año 1923, los  concesionarios de agua
    de la Provincia contribuirán a los gastos de  Administración
    general y particular de las leyes  aguas del dominio público
    con una cuota anual de tres pesos moneda nacional por unidad
    de derecho de aprovechamiento, según el Artículo 8 de la Ley
    de Riego.
    
       Art.7º.- Autorízase al Poder Ejecutivo para fijar la cuo-
    ta anual de prorrateo  de los concesionarios  de los canales
    de Río Chico y  Marapa en las  sumas que  estime necesarias,
    quedando derogada la disposición del  Artículo  46 de la Ley
    de Riego de 18 de marzo de  1897, en  lo que  respecta a los
    referidos canales. La cuota que a tal  efecto se fija no po-
    drá exceder de  cinco pesos  nacionales  anuales por unidad,
    debiendo ser disminuída a medida que  aumente los servicios
    por los canales mencionados.
    
       Art.8º.- Los Receptores de Renta gozarán como honorarios:
       a) Los del Departamento de la capital la suma de quinien-
    tos pesos mensuales cada uno;
       b) Los de los demás departamentos  por las  sumas que co-
    braren una comisión sujeta a la siguiente escala:
       desde el  1 al  20 % del importe del padrón, el 2 % ;
       desde el 21 al  40 %  "     "     "    "   , el 2 1/2 %;
       desde el 41 al  60 %  "     "     "    "   , el 3 %;
       desde el 61 al  80 %  "     "     "    "   , el 4 %;
       desde el 81 al 100 %  "     "     "    "   , el 6 %;
       Se beneficiará el Receptor respectivo, sobre  lo  que co-
    bre:
       En  todo  padrón  inferior a  $ 50.000.- el 3 %;
       En  todo  padrón  superior a  $ 50.000.- e  inferior  a $
    75.000, el 2 %;
       En  todo  padrón  superior a  $ 75.000.- e inferior  a  $
    100.000, el 1 %.-
    
       Art.9º.- No podrán formar  parte de la  Administración de
    la Provincia, los jubilados y pensionados del Gobierno de la
    Nación o de otras provincias, por una suma mayor de cien pe-
    sos mensuales y con excepción de los docentes.
    
       Art.10.- Toda subvención, subsidio o beca  que se designe
    en este Presupuesto o en leyes especiales, se  entregará por
    cuotas que fijará el Poder Ejecutivo  a  medida  que se jus-
    tifique su  inversión, pudiendo el  mismo  ordenar al efecto
    todas las investigaciones que considere  oportunas y suspen-
    der su pago en el interin.
    
       Art.11.- El Poder Ejecutivo podrá procurarse por medio de
    crédito en plaza o en los Bancos, las sumas  necesarias para
    atender los gastos de la Administración dentro de los recur-
    sos del Presupuesto.
    
       Art.12.- Ninguna  ley  sancionada con  posterioridad a la
    presente que ordene gastos y que  carezca de  recursos espe-
    ciales propios, podrá ser ejecutada mientras la erogación no
    sea incluída en la ley de Presupuesto, salvo  declaración de
    urgencia que se exprese en la misma, en cuyo caso se antici-
    pará de Rentas Generales el recurso necesario, debiendo pos-
    teriormente incluírse en el Presupuesto próximo.
    
       Art.13.- Todas las reparticiones y oficinas o sus habili-
    tados que  recauden o  perciban  fondos  pertenecientes a la
    provincia, están obligados, bajo la  responsabilidad que co-
    rresponda, a depositarlos dentro del  término de  tiempo que
    fije el Poder Ejecutivo, en la Tesorería General  de la Pro-
    vincia a la orden  de esta, en el  Banco  de la  Provincia o
    en sus sucursales.
    
       Art.14.- Todo gasto en la Administración, salvo los auto-
    rizados por leyes  generales o especiales, deberán sujetarse
    a la presente ley. Los  funcionarios o empleados que ordenen
    o realicen gastos que no hayan  sido previamente autorizados
    o que se exceda  de las partidas a que  deben ser imputados,
    serán personalmente  responsable de su importe. La autoriza-
    ción de gastos debe solicitarse para cada caso.
    
       Art.15.- La reserva de expedientes a crédito  suplementa-
    rio sólo podrá ser ordenada por  intermedio del  Ministro de
    Hacienda.
    
       Art.16.- Los herederos de los  empleados  comprendidos en
    la presente ley que fallezcan  durante el año, recibirán dos
    meses de sueldo, sin cargo, cuyo importe será satisfecho con
    imputación al presente artículo. Se entiende  esta ayuda del
    gobierno para costear gastos de luto y entierro únicamente.
    
       Art.17.- Facúltase al Poder Ejecutivo para invertir hasta
    la suma de cincuenta mil pesos moneda nacional de las utili-
    dades provenientes  (20 % para beneficencia) de  los  fondos
    del Casino, (leyes de 18 de agosto de  1908 y 9 de  enero de
    1914) con destino a obras en el Hospital de Aislamiento, pu-
    diendo el mismo anticipar esta suma  de Rentas  Generales si
    lo creyere conveniente.
    
       Art.18.- Los gastos que demande el cumplimiento del Inci-
    so XIX, Ítem 1º, Partidas  1/6, del  Anexo A., serán a cargo
    de los concesionarios del Hotel, Teatro y Casino  autorizado
    por ley de concesión de 18 de  agosto de  1908 y abonados en
    la forma que el Poder Ejecutivo  determine, debiendo el per-
    sonal allí comprendido quedar adscripto a la Dirección Gene-
    ral de Rentas, con  las  funciones que  el Ministerio de Ha-
    cienda disponga, durante la  época  que sus  servicios no se
    hagan indispensables en el lugar de destino.
    
       Art.19.- Facúltase  igualmente  al Poder  Ejecutivo, para
    anticipar de Rentas Generales  hasta la  suma de  ($ 30.000)
    treinta mil pesos moneda  nacional, con  destino a la compra
    de "materia prima" para la  Cárcel  Penitenciaria, como asi-
    mismo, hasta la suma de diez mil pesos para  atender pago de
    sueldos y gastos de la  Inspección de  Suministros, todo con
    cargo de reembolso en oportunidad, dentro del ejercicio.
    
       Art.20.- Destínase, para el cumplimiento del Inciso XXIV,
    Ítem 1º, Partida 1 del Anexo B, el 5 % del  producido líqui-
    do de lo que ingresare por Contribución Directa, como igual-
    mente el excedente de la  patente  de un  centavo  al azúcar
    gravada en parte al servicio del Empréstito  Externo de 1909
    (ley 6 de julio de 1909).
       Es entendido que si las sumas destinadas  precedentemente
    no alcanzaren a cubrir el valor del Inciso  citado, la dife-
    rencia será atendida  con el  producto de  cualquiera de los
    rubros del Cálculo de Recursos.
       Facúltase al Poder Ejecutivo, en caso de que el Emprésti-
    to no se realizare, para invertir la suma de $ 2.100.000 m/n
    que determina el Inciso antes citado en la realización de o-
    bras públicas.
    
       Art.21.- La Tesorería General  depositará  en el Banco de
    la Provincia, en cuenta especial titulada "patente adicional
    a la caña, a la orden conjunta de Contaduría y Tesorería Ge-
    neral, la recaudación que ingresare por  concepto del produ-
    cido de la ley 27 de  julio de  1909 (cinco  centavos moneda
    nacional por tonelada de caña)
       Hasta tanto ingresen fondos por el  concepto indicado, el
    Poder Ejecutivo anticipará de Rentas Generales, para el fun-
    cionamiento regular de la  Estación  Experimental  Agrícola,
    los fondos necesarios con cargo de reintegro en oportunidad.
    
       Art.22.- El Poder Ejecutivo  anticipará  igualmente en la
    proporción y destino de Inciso XIV, Ítem 1/4; Anexo B, (Uni-
    versidad Nacional de Tucumán) las  sumas  necesarias, que se
    imputarán a la cuenta especial, abierta en  Contaduría Gene-
    ral, hasta tanto el Gobierno de la Nación reembolse las can-
    tidades abonadas por su cuenta.
    
       Art.23.- Creado el Ministerio de Obras Públicas e Irriga-
    ción pasarán a depender de dicho Ministerio las  Reparticio-
    nes que oportunamente designe el Poder Ejecutivo.
                       
                              ANEXO A
                             INCISO I
                  DEPARTAMENTO DE GOBIERNO Y FOMENTO
                            GOBERNACIÓN
    
    Ítem 1º
    1   Gobernador				1.600      19.200       19.200
    
                              SECRETARIA
    Ítem 2º
    1   Secretario			      500
    2   Prosecretario			  300
    3   Edecán de Gob.(asim a Cap)300
    4   Capellán de Gobierno	  200
    5   Auxiliar de 1ª			  200
    6   Escribano de Gobierno	  150
    7   Auxiliar de 3ª			  150
    8   Ordenanza de 1ª			  140
    9   Dos Ordenanzas de 2ª a  $ 120		  240
    10  Correo					  100
    11  Chauffeur				  150
    12  Cochero 				  120
    					        2.550		30.600		30.600
    
                BIBLIOTECA DE LA CASA DE GOBIERNO
    Ítem 3º
    1   Bibliotecario (El oficial de 3ª de la fis-
        calía de Gobierno,
    2   Auxiliar de 3ª.			  150
    3   Auxiliar de 3ª.			  125
    
    						      275       3.300        3.300
     
    Ítem 4º.
    1   Gastos de etiqueta del 
        Sr. Gobernador	          500
    2   Gastos Eventuales y 
        Extraordinarios	          600
    3   Gastos discrecionales 	  600
    4   Gastos internos y 
        de correspondencia        500
    5   Para compra de nafta, 
        repuestos, etc.
        Del automóvil de 
        la Gobernación	          500
    6   Gastos de Biblioteca	  100
                                  2.800     33.600      33.600
                                                        86.700
    
                              INCISO II
                         MINISTERIO DE GOBIERNO
                               Ministerio
    
    Ítem 1º
    1   Ministro                  1.200     14.400      14.400
    
                             Subsecretaría
    
    Ítem 2º
    1   Subsecretario               800
    2   Oficial Mayor               450
    3   Oficial de 2ª               300
    4   Oficial de 3ª               250
    5   Auxiliar de 1ª              200
    6   Encargado de 1 Archivo
        (Auxiliar de 3ª)            150
    7   Dactilógrafo de 1ª          140
    8   Dactilógrafo de 2ª          120
    9   Ordenanza de 1ª             140
    10  Dos Ordenanza de 2ª
        a 120                       240
    11  Correo                      100
                                  2.890    34.680       34.680
    
                   Servicio de Casa de Gobierno
    
    Ítem 3º
    1   Intendente                  300
    2   Mayordomo                   150
    3   Encargado de 
        Obras Sanitarias            150
    4   Auxiliar de 4ª              125
    5   Electricista                125
    6   Telefonista                 125
    7   Jardinero                   100
    8   Seis Peones a 100           600			
                                  1.675     20.100      20.100
             
     Ítem 4º
    1   Gastos de Oficina                    3.600
    2   Actos Cívicos                       40.000
    3   Gastos Extraordinario y 
        Eventuales                          30.000
    4   Gastos Discrecionales                  500       6.000
    5   Cumplimiento de Leyes Elec-
        torales                              7.200
    6   Para uniforme de Ordenanzas          3.000
    7   Servicio telefónico 
        de la Casa de Gob.                   2.400
    8   Para publicaciones	                30.000
    9   Corriente eléctrica
        de la Casa de Gob.
        Reloj de la Catedral               8.500        130.700
                                                        199.890
    
                            INCISO III
                            LEGISLATURA
    
                         Cámara de Senadores
    
    Ítem 1º
    1  Secretario				    600
    2  Prosecretario			    450
    3  Oficial de 2ª		        300
    4  Auxiliar de 1ª	            200
    5  Auxiliar de 2ª				175
    6  Escribiente (auxiliar de 3ª) 150
    7  Dos ordenanzas a 120         240
                                  2.115    25.380       25.380
    Ítem 2º
    1   Gastos generales                    7.000        7.000
    
    
    
                         CAMARA DE DIPUTADOS
    Ítem 3º
    1  Secretario                     600
    2  Prosecretario                  450
    3  Oficial de 2ª                  300
    4  Auxiliar de 1ª                 200
    5  Auxiliar de 2ª                 175
    6  Escribiente (auxiliar 3ª)      150
    7  Dos ordenanza a 120            240
                                    2.115    25.380     25.380
    
    Ítem 4º
    1   Gastos generales                     15.000	    15.000  
    
    Ítem 5º
    1  Comisario de 
       la H. Legislatura              400
    2  Bibliotecario y archivero      300
    3  Intendente                     300
    4  Mayordomo                      150
    5  Auxiliar de la 
       Biblioteca de 3ª               150
    6  Citador de ambas Cámaras	      150
    7  Dos ordenanzas a 120           240
    8  Correo                         100
                                    1.790    21.480	    21.480
    
    Ítem 6º
    1  Para fomento de la 
       Biblioteca de la H.
       Legislatura                            2.000
    2  Para indemnización 
       de residencia de 30
       diputados                             54.000     56.000
    
             Cuerpo de Taquígrafos para ambas Cámaras
    
    Ítem 7º
    1  Director                       450
    2  Subdirector                    400
    3  Dos taquígrafos de
       primera a 350                  700
    4  Tres taquígrafos 
       de 2ª a  250                   750
    5  Cinco auxiliar de 3ª           150
                                    2.450    29.400     29.400
    
    Ítem 8º
    1  Para impresiones del Diario
       de  Sesiones                           5.000
    2  Para indemnización de resi-
       dencia de 18 Senadores                32.400     37.400
                                                       217.040
    
    
                             INCISO IV
                   DEPARTAMENTO GENERAL DE POLICÍA
    
                            Intendencia
    
    Ítem 1º
    1 Intendente                      900
    2 Comisario de órdenes            500
    3 Secretario General              450
    4 Prosecretario                   275
    5 Comisario auxiliar 
     (adscrito a la comisa-
      ría de órdenes)                 225
    6 Asesor Letrado                  400
    7 Profesor de box (profesional)   150
    8 Dos auxiliares de 3ª a 150      300
    9 Seis auxiliares de 
      cuarta a 125                    750
    10 Dos dactilógrafos a 120        240
    11 Encargado de relojes públicos  100
    12 Sargento de órdenes            125
    13 Dos ordenanzas a 100           200
    14 Correo                          90
    15 Chofer                         200
    16 Cochero                        100
                                    5.005   60.060      60.060
    
                      Oficina de Sumarios
    Ítem 2º
    1 Jefe de la Oficina de Sumario            400
    2 Auxiliar de 1ª                  200
    3 Auxiliar de 2ª                  175
    4 Auxiliar de 3ª                  150
                                      925   11.100      11.100
    
    Inpección
    
     Ítem 3º
    1  Cinco comisarios 
       inspectores a 400            2.000    24.000     24.000
    
               Alcaidía y Cárcel de Contraventores
    
    Ítem 4º
    1  Alcaide                        250
    2  Dos auxiliares de 5ª a 110     220
    3  Dos telefonistas a 110         220
    4  Dos conductores de 
       ambulancia a 90                180
    
                 Cárcel Correccional de Mujeres
    
    5 Alcaide                         250
    6 Dos auxiliares de 5ª a 110      220
    7 Cuatro celadores a 80           320
    
                          Depósito y Archivo
    
    8 Auxiliar de 4ª (encargado)      125
    9 Auxiliar de 5ª                  110
                                    1.895    22.740     22.740
    
                            Consultorio Médico
    Ítem 5º
    1 Cinco médicos para la Capi-
      tal a 450 incluso viáticos    2.250
    2 Ayudantes para los mis-
       mos a 150                      300
    3 Dos médicos para la campaña 
      incluso viáticos a 450          900
    4 Dos ayudantes para los mis-
       mos a 120                      240
                                    3.690    44.280     44.280
    
                         Oficina de Marcas
    Ítem 6º
    1 Jefe                            200
    2 Auxiliar de 5ª                  110
    
                         Corralón de Policía
    
    3 Auxiliar de 4ª (encargado)      125
    4 Tres peones a 90                270
                                      705     8.460      8.460
    
                             Contaduría
    Ítem 7º
    1  Contador                       350
    2  Tenedor de libros de 2ª        300
    3  Auxiliar de 1ª (encargado 
       de valores y recaudación)      200
    4  Auxiliar de 1ª (liquidador
       de planillas)                  200
    5  Auxiliar de 1ª (liquidador
       de gastos)                     200
    6  Auxiliar de 1ª (encargado
       de la Mesa de  Entradas)       200
    7  Nueve auxiliares de 4ª a
       125                          1.125
    8  Para fallas de caja             75
    9  Encargado de prontuarios
       de partidas                    200
                                    2.850    34.200     34.200
    
                           Investigacones
    
    Ítem 8º
    1  Comisario Jefe                  500
    2  Comisario 2ª Jefe               350
    3  Cuatro Comisarios Auxiliares
       a 225                           900
    4  Dos Auxiliares de 4ª a 125      250
    5  Cinco Auxiliares de 5ª a 110    550
    6  Cinco Agentes de 1ª a 150     2.250
    7  Cinco Agentes de 2ª a 140     2.100
    8  Veinte Agentes de 3ª a 130    2.600
    9  Treinta Agentes de 4ª a 125   3.600
    
                   Gabinete de Identificaciones
    
    10 Jefe                            250
    11 Auxiliar de 3ª (encargado de 
       dactiloscopía)                  150
    12 Diez Auxiliares de 4ª a 125   1.250
    13 Dos fotógrafos a 140            280
    14 Cinco Auxiliares de 5ª a 110    550
                                    15.580   186.960   186.960
    
                       Cuerpos de Bomberos
    
     Ítem 9º
    1  Teniente Coronel Jefe           500
    2  Mayor 2º Jefe                   400
    3  Tres Capitanes a 300            900
    4  Tres Tenientes 1º a 250         750
    5  Tres Tenientes a 200            600
    6  Cuatro Subtenientes a 180       720
    7  Sargento Ayudante               150
    8  Tres Sargentos 1º a 140         420
    9  Diez Sargentos a 125          1.250
    10 Dieciséis Cabos a 120         1.920
    11 Ciento setenta y cinco 
       soldados a 100               17.500
    12 Jefe Mecánico                   235
    13 Armero Mecánico                 150
    14 Dos Chauffeurs a 150            300
    15 Maquinista Ayudante             120
    16 Carpintero Carrocero            130
    17 Electricista                    125
    18 Escribiente                     120
    19 Maestro de Gimnasia y esgrima   120
    20 Enfermero                       120
    21 Talabartero                     120
    22 Zapatero                        120
    23 Caballerizo                      80
                                    26.850   322.200   322.200
    
    Ítem 10
    1  Para enseres y útiles del
       Cuerpo de Bomberos                      4.000
    2  Para aumento del personal
       y gastos imprevistos en 
       casos extraordinarios                   20.000
                                               24.000   24.000
    
                     Escuadrón de Seguridad
    
    Ítem 11
    1  Teniente Coronel Jefe           500
    2  Mayor 2º Jefe                   400
    3  Capitán                         300
    4  Teniente 1º                     250
    5  Dos Tenientes a 200             400
    6  Tres Subtenientes a 180         540
    7  Dos Sargentos 1º a 140          280
    8  Tres Sargentos a 125            375
    9  Seis Cabos a 120                720
    10 Ciento veinte soldados a 100 12.000
    11 Talabartero                      80
                                    15.845   190.140   190.940
    
                  Banda de Música de la Provincia
    
    Ítem 12
    1  Director (profesor diplomado)   400
    2  Para el personal de músicos   5.000
    3  Para eventuales, gastos, co-
       pias etc.                       600
    
                   Banda de Música de Bomberos
    
    4  Director                        200
    5  Para músicos                  2.000
                                     8.200    98.400    98.400
    
                             COMISARÍAS
    
                      Comisarías de la Capital
    
    Ítem 13
    1  Tres comisarios de sección 
       a 300 c/u                       900
    2  Tres subcomisarios desección
       a 200                           600
    3  Nueve oficiales Inspectores
       a 150                         1.350
    4  Nueve oficiales de guardia
       a 130                         1.170
    5  Tres sargentos 1º a 115         345
    6  Seis sargentos 2º a 110         660
    7  Nueve cabos a 105               945
    8  Trescientos agentes
       a 100 c/u                    30.000
    9  Nueves auxiliares de 4ª
       a 125                         1.125
                                    37.095   445.140   445.140
    
                       Comisarías de Campaña
    
    Ítem 14
    1  Diez comisarios de 1ª a 220   2.200
    2  Veinte comisarios de 2ª 
       a 180                         3.600
    3  Cuarenta comisarios de 3ª
       a 150                         6.000
    5  Diez Subcomisarios a 120     10.800
    6  Treinta oficiales a 110       3.300
    7  Cuarenta sargentos a 100      4.200
    8  Cuatroscientos cincuenta
       agentes a cien c/u           45.050
                                    76.300   915.600   915.600
    
                         Gendarmería Volante
    
    Ítem 15
    1  Tres Oficiales a 180            540
    2  Veinticuatro soldados a 120   2.880
                                     3.420    41.040    41.040
    
    Ítem 16
    1  Gastos generales de oficinas
       y publicaciones              40.000
    2  Eventuales y discrecionales  48.000
    3  Uniformes y accesorios      130.000
    4  Para linstrumentos de la 
       Banda de Música               2.000
    5  Alumbrado                     9.000
    6  Pasajes y viáticos           50.000
    7  Manutención de presos        50.000
    8  Forrajes y herraduras        40.000
    9  Para instalación y medica-
       mentos de enfermerías
       y compra de instrumentos     10.000
    10 Veterinario a 150             1.800
    11 Alquileres del Departamen-
       to de la Capital             12.000
                                   392.800   392.800
    
    Ítem 17
    1  Alquileres de la campaña     30.000
    2  Gastos de oficina, forrajes,
       alumbrado, franqueo, abre-
       viado,etc., de las comisa-
       rías de campaña              68.320
                                    98.320    98.320
                                           2.917.040
    
                             INCISO V
    
                    CONSEJO DE HIGIENE PÚBLICA
    
    Ítem 1º
    1  Presidente                      700
    2  Secretario de 1ª                350
    3  Vocal Médico                    400
    4  Médico adscrito                 400
    5  Inspector de farmacias          450
    6  Inspector General de Higiene    300
    7  Médico veterinario              250
    8  Cinco Auxiliares sanitarios
       a 220 c/u (sin viático)       1.100
    9  Catorce Auxiliares Sanitarios
       a 180 c/u ( sin viático )     2.520
    10 Dos dactilógrafos de 2ª
       a 120                           240
    11 Auxiliar de 4ª                  125
    12     "    de 5ª ( Archivero )    100
    13 Ordenanza                       100
    14 Correo                           80
                                     7.115    85.380    85.380
    Ítem 2º  
    1  Gastos de oficina y publica-
       ciones                        7.000
    2  Eventuales                    1.500
    3 Para compra de quinina para
      ser distribuida gratis en
      la campaña                     5.000
    4 Para gastos de movilidad       4.000    17.500
      
                         Hospital Concepción
    
    Ítem 3º
    1  Médico director                 250
    2  Administrador                   180
    3  Enfermeros                       70
    4  Ayudante de enfermeros           40
    5  Enfermera                        60
    6  Ayudante de enfermeras           35
    7  Cocinera                         40
    8  Dos ayudantes de cocineras
       a 20 c/u                         40
    9  Mecánico                         80
    10 Peón                             40
    11 Dos lavanderas a 30              60
    12 Sereno                           40
                                       935    11.220    11.220
    Ítem 4º
    1  Para la compra de medicamentos,
       manutención de enfermos y per-
       sonal, etc                             24.000    24.000
    
    Hospital y Consultorio Externo Presidente Nicolás Avellaneda
    
    Ítem 5º
    1  Director médico                 300
    2  Médico de sala                  200
    3  Administrador                   180
    4  Auxiliar                         80
    5  Enfermero                       100
    6  Ayudante idem.                   70
    7  Cabo enfermero                   80
    8  Enfermera                        60
    9  Dos ayudantes de enfermeras
       a 40                             80
    10 Cocinera                         60
    11 Ayudante de cocinera             40
    12 Dos lavanderas a 50             100
    13 Jardinero-verdulero              60
    14 Costurera                        50
    15 Peón                             50
                                     1.510    18.120    18.120
    Ítem 6º
    1  Para compras de medicamentos, manu-
       tención de enfermos y personal         33.000    33.000
    
                Consultorio Médico de la Campaña
    
    Ítem 7º
    1  Siete médicos (encargados para 
       consultoris en Trancas, Santa
       Rosa de Leales, Famaillá, La
       Ramada, Villa Alberdi, Mon-
       teagudo, debiendo atender tam- 
       bién La Madril y Graneros, 
       debiendo atender también
       La Cocha, a 500 c/u           3.500    42.000    42.000
    
    Ítem 8º
    1  Para adquisición de medicamen-
       tos con destino a dichos con- 
       sultorios a razón de $ 100 
       mensuales y $ 50 para La Madrid 
       y La Cocha c/u                  800     9.600     9.600
    
                           GOTA DE LECHE
    
    Ítem 9º
    LULES
    1  Médico Director                 300
    2  Enfermeros de 1ª                 60
    3  Enfermeras                       40
    
    CRUZ ALTA ( a crearse )
    4  Médico Director                 300
    5  Enfermera de 1ª                  60
    6  Enfermera                        40
    
    MONTEROS
    7  Médico Director                 200
    8  Enfermara de 1º                  60
    
    CONCEPCIÓN
    9  Médico Director                 100
    10 Enfermera de 1ª                  60
    
    VILLA ALBERDI
    11 Médico Director                 100
    12 Enfermera de 1º                  60
    13 Enfermera                        40
    
    VILLA GENERAL MITRE
    14 Médico Director                 100
    15 Enfermera de 1º                  60
    16 Enfermera                        40
    
    FAMAILLÁ
    17 Médico Director                 100
    18 Enfermera de 1ª                  60
    19 Enfermero                        40
                                     1.820    21.840    21.840
    Ítem 10
    1  Para compra de leche, harina,
       etc para las siete Gotas de 
       Leche a razón de " 240 mensua-
       les c/u                       1.680
    2  Eventuales a razón de $ 40 
       mensuales c/u de las citadas
       Gotas de Leche                  280
    3  Para alquiler de casa con des-
       tino a las Gotas de Leche de
       Cruz Alta, Villa Alberdi,
       Villa General Mitre y Famaillá  160
    4  Subsidio a la Gota de Leche
       de Bella Vista                  200
    5  Idem. a la Gota de Leche de
       Medina                          200    30.240
    6  Para compras de aparatos e
       instalaciones de la Gota de
       Leche de Cruz Alta            4.000    34.240
    
                   Servicio de desratización
    
    Ítem 11
    1  Capataz                         100
    2  Encargado                        90
    3  Diez peones a 80                800
                                       990    11.880    11.880
    
    Item 12
    1  Para la compra de arena, cal,
       carbón, venenos, etc.                   3.000
    2  Para compra de aparatos y con-
       servación                               2.000
    3  Para gastos de movilidad y 
       viático del personal cuando
       salga a la campaña.                     5.000    10.000
    
                       Servicio de Desinfección
    
    Item 13
    1  Dos capataces a 100             200
    2  Cinco peones a 80               400
                                       600     7.200     7.200
    
    Item 14
    1  Para el alquiler de casa		    60
    2  Para viático del inspector
       general 				            50
    3  Para eventuales                  50
                                       160     1.920     1.920
    4  Para compra de aparatos
       de desinfección y conserva-
       ción de los actuales                     3.600
    5  Para la compra de sesinfec-
       tantes, ropas, y otros artícu-
       los complementarios                      5.000
    6  Para gastos de movilidad y
       viático del personal cuando
       salga a la campaña                       5.000
                                               15.520    15.520
                                                        341.500
                               INCISO VI
                            Oficina Química
    
    Item 1º.
    1  Director                        800
    2  Químico subdirector             400
    3  Dos químicos de 1ª a 350        700
    4  Químico de 2ª                   300
    5  Secretario de 3ª                250
    6  Tres inspectores de 3ª          600
    7  Mozo de laboratorio             120
    8  Dos Ordenanzas a 90             180
                                     3.350    40.200    40.200
    Item 2º.
    1  Para gastos generales                   3.000     3.000
                                                        43.200
    
                           INCISO VII
               INSTITUTO DE MICROBIOLOGÍA, HIGIENE
                    Y PATOLOGIA TROPICAL
    
    Item 1º.
    1  Director                        900
    2  Jefe de la sección Sueros
       Vacunas y Organoterapia         500
    3  Encargado de la sección
       profilaxis antivariólica        350
    4  Encargado de la sección 
       profilaxis antirrábica          240
    5  Encargado de la sección Mi-
       crobiología, Higiene, y pato-
       logía Tropical                  350
    6  Encargado del servicio de 
       esterilización                  240
    7  Preparador de medios de 
       cultivo                         150
    8  Tres mozos de laboratorio
       a 120                           360
                                     3.090    37.080    37.080
    
    Item 2º
    1  Para gastos generales                   2.000    24.000
                                                        61.080
                            INCISO VIII
                
                      DEPARTAMENTO DE TRABAJO
    
    Item 1º.
    1  Director                        500
    2  Secretario de 3ª                250
    3  Asesor letrado                  300
    4  Dos Auxiliares de 3ª a 150      300
    5  Cuatro Auxilliares de 
       4ª a 125                        500
    6  Ordenanza                        90
    
    Inspección 
    
    7  Inspector General               300
    8  Cinco inspectores a 210       1.050
    9  Dos Auxiliares de 3ª a 
       150                             300
    10 Tres Auxiliares de 4ª
       a 125                           375
    11 Chauffeur                       120
                                     4.085    49.020    40.020
    
    Item 2º.
    1  Para viáticos y movilli-
       dad                                    10.000         
    2  Gastos de oficina y pu-
       blicaciones                             3.600
    3  Para alquiler de casa                   3.600
                                              17.200    17.200
                                                        66.220
    
                            INCISO IX
    
    Item 1º.
    Dirección
    1  Director                        900
    2  Secretario de 1ª                350
    3  Auxiliar de 1ª (encar-
       gado de la mesa de
       Entradas)                       200
    4  Auxiliar de 4ª (encar-
       gado del archivo y
       economato)                      125
    5  Decactilógrafo de 2ª            120
    6  Chauffeur                       150
    7  Ordenanza                       100
    8  Correo                           90
                                     2.035    24.420    24.420
    
                     Hidráulica y O.Públicas
    
    Item 2º.
    1  Dos ingenieros de 1ª a 600    1.200
    2  Ingeniero de 2ª (tenien-
       do a su cargo la inspec-
       ción  de ferrocarriles)         500
    3  Dos dactilógrafos de 2ª 
       a 120                           240
    4  Jefe de Perforaciones y
       sondeos                         500
    5  Inspector de Usina de 
       la provincia                    300
    6  Cuatro ayudantes de 1ª
       a 250                         1.000  
    7  Cuatro ayudantes de 2ª
       200                             800
    8  Dibujante proyectista           330
    9  Dibujante de 1ª                 250
    10 Dos dibujantes copistas a 180   360
    11 Copista heliógrafo              125
    12 Encargado del depósito de
       materiales                      110
    13 Guardián del Parque Acon-
       quija                            80
    14 Dos sobre estantes de 1ª a
       250                             500
    15 Dos sobre estantes de 2ª a 
       200                             400
    16 Dos sobre estantes de 3ª a
       150                             300
    17 Un mecánico encargado
       de la conservación de 
       motores y bombas                250
    18 Administrador del pozo
       de la Cruz                       50
    19 Administrador del dique
       nivelador del río Lules          50 
                                     7.365    88.380    88.380
    
                            Contaduría
    
    Item 3º.
    1  Encargado (tenedor de
       libros de 2ª)                   300
    2  Habilitado pagador              150
    3  Dactilógrafo de 2ª              120
                                       570     6.840     6.840
    Item 4.
    1  Gastos generales de ofi-
       cinas y publicaciones                   9.000
    2  Pasajes y viático                      18.000
    3  Para gastos y estudio
       de obras públicas                      18.000
                                              45.000    45.000
                                                       164.640
                             INCISO X
    
                          OBRAS PÚBLICAS
    
    Item 1º.
    1  Para conservación de la 
       Casa de Gobierno                        7.000
    2  Para caminos                           30.000
    3  Para arreglo y conserva-
       ción de la avenida 
       Mate de Luna y Acon-
       quija                                   8.000
    4  Para perforaciones, com-
       pras de maquinas, ma-
       teriales, caños y etc. do-
       tación de aguas potables               60.000    
    5  Para obras de irrigación               30.000
    6  Para terminación del mer-
       cado de Concepción                     35.000
    7  Edificación y reparación 
       de edificios fiscales                  60.000
    8  Para seguros de incendios      
       de propiedades fiscales                 5.000   
    9  Para instalación de aguas co-
       rrientes en Villa Alberdi              10.000
    10 Para arreglo del camino a
       Las Termas del Rió Hondo               10.000
    11 Para desagüe y drenaje 
       del Departamento de Leales             20.000 
                                             275.000   275.000
                         INCISO XI
    
            DEPARTAMENTO GENERAL DE IRRIGACIÓN Y
                       AGUAS POTABLES 
    
    Item 1º.
    
    1  Superintendente                 900
    2  Secretario de 1ª                350
    3  Asesor letrado                  300
    4  Auxiliar de 1ª                  200
    5  Auxiliar de 3ª                  150
    6  Auxiliar de 4ª                  125
    7  Dactilógrafo de 2ª              120
    8  Encargado del archivo
       y economato                     125
    9  Encargado del depósito de
       Materiales                      125
    10 Chauffeur                       150
    11 Ordenanza                       100
    12 Correo                           90
                                     2.735    32.820    32.820
    
                             Contaduría
    
    Item 2
    1  Contador                        350
    2  Tenedor de libros de 2ª         300
    3  Cajero y encargado de valo-
       res (inclusive fallas de caja)  275
    4  Encargado de cuentas co-
       rrientes (auxiliar de 2ª)       175
    5  Auxiliar de 3ª                  130
    6  Dos dactilógrafos 5ª, a 120     240
    7  Auxiliar de 4ª                  125
    8  Dos procuradores que cobran
       honorarios                
                                     1.615    19.380    19.380
    
                         Inspección de Riego
    
    Item 3
    1  Inspector Interventor           400
    2  Inspectores a 300               600
    3  Auxiliar de 4ª                  125
    4  Dactilógrafo de 2ª              120
    5  Diez compartidores a 200      2.000
    6  Guardián del Dique de la
       Aguadita                        200
    7  Tres guardianes del dique
       a 150                           450
    8  Diez Tomeros de 1ª a 120      1.200
    9  Dieciocho tomeros de 2ª
       a 110                         1.980
    10 Catorce tomeros de 3ª a 100   1.400
    11 Encargado de aguas corrien-
       tes de Villa General Mitre      120
    12 Encargado de aguas corrien-
       tes de Villa Marcos Paz y 
       Yerba Buena                     120
                                     8.715   104.580   104.280
    
    Item 4
    1  Para gastos generales y
       eventuales                              8.000
    2  Pasajes y viáticos                      8.000
    3  Para conservación de di-
       gües, canales y obras de
       Aguas potables                         20.000
    4  Para gastos de oficina, para
       compartidores y forrajes                5.000
                                              41.000    41.000
                                                       197.780
    
    
                            INCISO XII
    
               ADMINISTRACIÓN DE PROPIEDADES FISCALES
    
    Item 1º 
    1  Director                        700
    2  Secretario de 3ª                250
    3  Auxiliar de 3ª                  150
    4  Dactilógrafo de 2ª              120
    5  Correo                           60 
                                     1.280    15.360    15.360
    
    Item 2º 
    1  Para gastos generales           150     1.800     1.800
                                                        17.160
    
                           INCISO XIII
    
              Estación Experimental Agrícola y    
         Departamento de  Agricultura Anexo Estación  
                   Experimental  Agrícola 
    
    Item 1
    1  Para cumplimiento de la Ley
       27 de Julio de 1909 (calculado)       120.000    120.000
    
    
    
                    Departamento de Agricultura
    
    Ítem 2
    1  Para el expresado Departamento
       Colonia Agrícola Del Chañar
       Pozo y Chacra Experimental 
       Anexa                                  50.000    50.000
    
    
                          INCISO XIV
    
                        Parque Centenario
    
    Item 1º.
    1  Para cumplimiento de la ley
       10 de Octubre de 1918 (calculada)      75.000    75.000
                                                        75.000
                             
                          INCISO XV
    
                Asilo de Menores General Belgrano
    
     Ítem 1º.
    1  Director                        250
    2  Auxiliar                        120
    3  Maestro carpintero              130
    4  Maestro Zapatero                150
    5  Maestro Sastre                  150
    6  Maestro Herrero                 130
    7  Maestro para granja             150
    8  Dos conserjes a 80 c/u          160
    9  Dos peones a 80 c/u             160
    10 Cocinero                         80
    11 Ayudante de cocina               70
    12 Ayudante quintero 
       cochero                          70
                                     1.560    18.720    18.720
    
    Ítem 2º
    1  Manutención de asilados                18.000
    2  Vestuario para los mismos               2.400
    3  Gastos de luz, limpieza,etc.            1.200
    4  Para compra de materiales
       para los talleres                       6.000
    5  Para asistencia médica de
       los asilados,medicamentos,etc           3.680
                                              31.280    31.280
                                                        50.000
    
                           INCISO XVI
    
                        Instituto de ciegos
    
    Ítem 1º
    1  Director y profesor de ins-
       trucción general y música       130
    2  Secretaría                       70
    3  Profesora de Labores             70
    4  Maestras de talleres             70
    5  Celador despensero               45
    6  Cocinera lavandera               35
    7  Sirvienta                        20
                                       440     5.280     5.280
    
    Item 2º
    1  Para manutención de los
       asilados y personal, compra
       de materiales de enseñanza
       y otros gastos                  490
    2  Alquiler de casa                140
                                       630     7.560    
    3  Para compra de ropa y 
       calzado para los asilados               1.000
    4  Para adquisición del 
       material para talleres y para
       gastos eventuales y extra-
       ordinarios                                810     9.370
                                                        14.650
    
                            INCISO XVII
    
                            Subvenciones
    ÍItem Iº
    1  Para las bandas de música
       de Concepción, Monteros, Agui-
       lares y Villa Alberdi,
       c/u 300                       1.200
    2  Al Tiro Suizo                   100
    3  A la Sociedad Protectora de 
       animales                        100
    4  Para fomento atlético, cons-
       trucción de canchas, etc.             100.000
                                     1.400    16.800   116.800
                TOTAL DEL ANEXO A                  $ 4.887.290
    
                        
                            INCISO XVIII
    
        Inspección General de Comisiones de Higiene y Fomento
                     (Ley 26 de Julio de 1913)
    
    Ítem Iº
    1  Inspector General               500
    2  Contador Interventor            325
    3  Tres Inspectores a 250          750
    4  Auxiliar de 3º(encarga-
       do  de Valores)                 150
    5  Dos Auxiliares de 4ª a 125      250
    6  Auxiliar de 3ª (para la 
       sección contaduría)             150
    7  Chauffeur                       120
    8  Correo                           80
    9  Auxiliar de 2ª                  175
                                     2.525    30.000    30.000
    
                            INCISO XIX
    
          Inspección y Contralor, de Casino, Hotel y Anexos
            (Ley de concesión de 18 de Agosto de 1908)
    
    1  Inspector General               600
    2  Sub-inspector                   400
    3  Habilitado Contador             300
    4  Auxiliar de 2ª                  150
    5  Cuatro fiscales a 200           800
    6  Dos auxiliares de la 4ª a 100   200
                                     2.450    29.400    29.400
                  Total del Anexo A                  4.887.290
    
                               ANEXO B
    
     DEPARTAMENTO DE JUSTICIA, HACIENDA E INSTRUCCIÓN PÚBLICA
    
                             INCISO I
    
                            Ministerio
     
    Ítem Iº
    1  Ministro                      1.200    14.700    14.400
    
                           Subsecretaría
    
    Ítem 2º
    1  Subsecretario                   800
    2  Oficial Mayor                   450
    3  Oficial de 2ª                   300
    4  Oficial de 2ª (Encargado de 
       Libramientos)                   300
    5  Oficial de 3ª                   250
    6  Auxiliar de 1ª (Encargado 
       Mesa de Entradas)               200
    7  Auxiliar de 3ª (Encargado 
       de Archivo)                     150
    8  Dactilógrafo de 1ª              140
    9  Dactilógrafo de 2               120
    10 Ordenanza de 1ª                 140
    11 Dos Ordenanzas de 2ª a $ 120    240
    12 Correo                          100
                                     3.190    38.280    38.280
    
    Ítem 3º
    1  Gastos de Oficina             3.600
    2  Extraordinarios y Publica-
       ciones                       12.000
    3  Uniformes de Ordenanzas       3.000
    4  Discrecionales                  500     6.000    24.600
    
    
                            INCISO II
                   ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
    
                          Corte Suprema
    
    Ítem 1º
    1  Vocal Presidente de la 
       Suprema Corte                 1.200
    2  Seis Vocales a $ 1.100 c/u    6.600
    3  Ministro Fiscal               1.100
    4  Secretario de la Corte          600
    5  Dos Secretarios de la 
       Sala a $ 600.-                1.200
    6  Inspector de Juzgados de Paz    400
    7  Auxiliar de 2ª. Para la 
       Inspección de Juzgados          175
    8  Oficial de la Corte (Ofi-
       cial de 2ª)                     300
    9  Jefe de Mesa de Entradas
       (Oficial de 2ª).                300
    10 Dos Oficiales de Sala a $300    600
    11 Diez Auxiliares de 2ª Ins-
       tancia a $ 175                1.750
    12 Un Auxiliar para Compilación
       de Jurisprudencia               175
    13 Auxiliar para Mesa de Entradas  175
    14 Escribiente para Mesa
       de Entradas                     150
    15 Auxiliar Bibliotecario          175
    16 Encargado Registro de Comer.
       Auxiliar de 3ª.                 150
    17 Mayordomo                       120
    18 Tres Ordenanzas a $ 100         300
    19 Cochero                         120
                                    15.590   187.080   187.080
    
    Ítem 2º
    1  Cuatro Jueces de 1ª Instancia 
       en lo Civil y Comercial 
       a $  1000.-                   4.000
    2  Cuatro Jueces en lo Crimi-
       nal, Instrucción y Correc-
       cional a $ 1000.-             4.000
    3  Dos Agentes Fiscales a $800   1.600
    4  Dos Defensores de Pobres y 
       Ausentes y Asesores de Meno-
       res a $ 700                   1.400
    5  Ocho Secretarios para los 
       Juzgados de la 1ª Instancia
       en lo Civil y Comercial 
       a $ 500                       4.000
    6  Sobresueldo para el Secreta-
       rio del Registro de Comercio     80
    7  Ocho Secretarios para los 
       Juzgados del Crimen, Instruc-
       ción y Correccional $ 500     4.000
    8  Ocho Oficiales Juzgados 
       Civil y Comercial a $ 250     2.000
    9  Dieciséis Auxiliares para 
       los mismos(Auxiliares de 2ª)
       a $ 150                       2.400
    10 Ocho Oficiales Juzgados Cri-
       men, Instrucción y Correc-
       cional a $ 250                2.000
    11 Dieciséis Auxiliares para
       los mismos(Auxiliares de 2ª)
       a $ 150                       2.400
    12 Dos Auxiliares para los Fis-
       cales a $ 175.- c/u             550
    13 Dos Auxiliares para los Ase-
       sores de Pobres y Ausentes y
       Asesores de Menores a $ 175     350
    14 Tres Oficiales de Justicia
       a $ 250                         750
    15 Doce Ordenanzas a $ 100.-     1.200
                                    30.550   366.360   360.360
    
    Ítem 3º
    Centro Judicial de Concepción
    1  Un Juez de 1ª Instancia 
       en lo Civil y Comercial a     1.000  
    2  Secretario para el mismo        500
    3  Un Oficial                      250
    4  Dos Auxiliares a $ 150          300
    5  Juez del Crimen,de Instruc-
       ción y Correccional           1.000 
    6  Secretario para el mismo        500
    7  Un Oficial                      250
    8  Dos Auxiliares a $ 150          300
    9  Un Agente Fiscal                800
    10 Auxiliar para el mismo          150
    11 Defensor de Pobres y Ausentes
       y Asesor de Menores             700
    12 Auxiliar para el mismo          150
    13 Dos Ordenanzas $ 80 c/u         160
                                     6.080    72.960    72.960
    
    Ítem 4º
    1  Fiscal de Gobierno e Inspec-
       tor de Sociedades Anónimas    1.000
    2  Subinspector de Sociedades 
       Anónimas                        300
    3  Abogado Representante de la
       Provincia en la Capital Federal 600
    4  Oficial de 3ª (encargado de la 
       Biblioteca de la Casa de 
       Gobierno)                       250
    5  Escribiente                     150
    6  Auxiliar de 3ª(Bibliotecario)   150
    7  Auxiliar para el Representante
       en la Capital Federal           150
    8  Auxiliar de 4ª (Ayudante de
       Bibliotecario)                  125
    9 Ordenanza par la Fiscalía)       100
                                     7.825    35.900    35.900
    
    Ítem 5º
    1  Defensor General de Menores     600
    2  Secretario                      300
    3 Auxiliar de 2ª                   150
    4  Ordenanza                       100
                                     1.150    15.800    15.800
    
    Ítem 6º
    1  Gastos de Oficinas y Even-
       tuales del Poder Judicial              18.000
    2  Honorarios y Pasajes                   10.000
    3  Para Viáticos de la Justicia de
       Paz y pagos de Jueces Suplentes         5.000
    4  Para instalación y alquileres 
       Tribunales de Concepción               20.000
    5  Para honorarios del Procurador 
       adscrito a la Fiscalía de gobierno     24.000
    6  Para fomento de la Biblioteca
       del Foro                                  500
    7  Para gastos de Oficina del Fiscal 
       de Gobierno                               480
    8  Idem para el Defensor General 
       de Menores                                360
    9  Gastos de sellado en la Capital
       Federal                                 1.000    57.740
                                                       731.840
    
    
                           INCISO III
    
                  Juzgados de Paz de la Capital
    
    Ítem 1º
    1  Cuatro Jueces de Paz a 300     1.200
    2  Cuatro Oficiales de Justicia
       a $ 140                          560
    3  Cuatro Escribientes a $ 140      560
    
                JUZGADOS DE CUARTEL DE LA CAPITAL
    
    4  Dos Jueces de Cuartel a $ 200.-  400
    5  Dos Oficiales de Justicia 
       a $ 120.-                        240
    6  Dos Escribientes a $ 120.-       240
                                      3.200    38.400   38.400
    
    Ítem 2º
    1  Viático para Inspector y
       Movilidad                        120
    2  Gastos de Oficina para los
       Juzgados de Paz y de Cuartel
       a $ 10                            60
    3  Para alquiler de casas de
       los mismos                       350
                                        530     6.360    6.360
    
    
    Ítem 3º
    1  Veintidós Jueces de  Paz de 1ª 
       Categoría, Encargados del Regis-
       tro Civil en Aguilares, Bella
       Vista, Banda del Rio Sali, Cruz
       Alta 1º y 2º Distrito, Famailla
       1º y 2º Distrito, Graneros 1º 
       y 2º Distrito, Medinas, Monteros
       1º y 2º Distrito, Ranchillos, 
       Santa Rosa de Leales, Tafí 1º 
       Distrito, Tafi Viejo, Villa Al-
       berdi, Villa Benjamín Aráoz, Vi-
       lla CloDomiro Hileret y Villa 
       Quinteros, c/u a $ 200         4.400 
    2  Once Jueces de Paz de 2º Cate
       goría Encargados del Registro
       Civil en Burruyacú 2ª Distrito,
       El Bracho, Raco, Lamadril, 
       Leales 2º Distrito, Río Colo-
       rado, San Pedro de Colalao, 
       Tafí 2º Distrito, Trancas1º 
       y 2º Distrito y Villa Bel-
       grano c/u $ 170.-              1.870
    3  Diez Jueces de Paz de 3º 
       Categoría y Encargados del
       Registro Civil en Acheral,
       Amaicha, Las Cejas, Tafí 
       del Valle, Estación Garmendia,
       Los Quilmas, Sarmientos, Taco 
       Ralo, Villa de Leales y Villa
       Luján a $ 150                  1.500
    4  Seis oficiales de justicia para
       Monteros, Famaillá, Concepción,
       Aguilares, Lules y Tafí Viejo
        a $ 120 c/u                      720
    5  Sesenta escribientes c/u 
       a $120                          7.200
                                      15.690   188.280   188.280
    
    
    Ítem 4
    1  Para alquileres de casas de
       los Juzgados de Paz de Campana           10.000
    2  Gastos de Oficina para Juzgados 
       Paz de Campaña de la 1ª cate-
       goría  a $ 10 c/u                 220     2.640        
    3  Gastos de oficinas de veintiún
       Juzgados de Paz 2ª y 3ª catego-
       ría a $ 5 c/u.                    105     1.260
    4  Para muebles de los Juzgados              2.500    16.400
                                                         249.440
    
                             INCISO IV
    
                          BOLETÍN OFICIAL
    
    Ítem 1º
    1  Director Administrador            300
    2  Auxiliar de 3ª                    150
    3  Corrector de pruebas              150
    4  Auxiliar de 5ª                    110
    5  Mensajero                          60     9.240     9.240
    
    Ítem 2º
    1  Para el Boletín                          17.200    17.200
                                                          26.440
    
                             INCISO V
                         Contaduría General
    
    Ítem 1º
    1  Contador general                  900
    2  Secretario de 1ª                  400
    3  Contador mayor- Jefe sección
       contabilidad                      550
    4  2ª Jefe de la Sección contabi-
       lidad                             400
    5  Contador Mayor Jefe de la 
       Sección administrativa            550
    6  2º Jefe de la Sección Adminis-
       trativa                           400
    7  Cuatro Contadores interventores
       a $ 475 c/u                     1.900
    8  Tres tenedores de libros de 1ª 
       a $ 350                         1.050
    9  Cuatro idem de 2ª a $300        1.200
    10 Cuatro idem, idem de 5ª 
       a $ 250                         1.000
    11 Cuatro auxiliares de 1ª 
       a $ 200                           800
    12 Cinco auxiliares de 2ª 
       a $ 175                           875
    13 Cuatro auxiliares de 3ª 
       a $ 150                           600
    14 Cuatro auxiliares de 4ª
       a $ 125                           500
    15 Jefe del Archivo                  300
    16 Dos ordenanzas a $ 100 c/u        200
    17 Dos mensajeros a $ 70             140
                                      11.765   141.180   141.180
    
    Ítem 2º
    1  Gastos extraordinarios y
       eventuales                               10.000
    2  Publicaciones e impresiones               1.000
    3  Viáticos                                  1.800    12.800
                                                         153.980
    
                            INCISO VI
                    Dirección General de Rentas
    
    Ítem 1ª
    Dirección
    1  Director general                  900
    2  Sub director                      500
    3  Dactilógrafo                      125
    4  Ordenanza de 1ª                    90
    5  Mensajero                          80     1.695 
    
                              Secretaría
    6  Secretario de 2ª                  300
    7  Encargado de Mesa de Entradas 
       Auxiliar de 2ª                    172       475
    
                         Sección Contabilidad
    8  Encargado de la Sección (Te-
       nedor de libros de 1ª)            350 
    9  Tenedor de libros de 2ª           300
    10 Tenedor de libros de 3ª           250
    11 Oficial de 3ª                     250     1.150
    
                            Inspección
    12 Inspector General                 400
    13 Seis inspectores de renta 
       a $ 300                         1.800
    14 Doce sub-inspectores a $ 250    3.000
    15 Almotacen                         300
    16 Encargado de Sumarios             250     5.750
    
                     Sección Caja y Valores 
    17 Cajero y Encargado de Valores     300
    18 Auxiliar de 1ª (Encargado del 
       Archivo)                          200
    19 Auxiliar de 3ª                    150
    20 Auxiliar de 4ª (Encargado 
       sellos)                           125
    21 Fallas de Caja                     51       825
    
               Sección Caña de Azúcar y Alcohol
    22 Encargado (oficial de 2ª)         300
    23 Auxiliar de 2ª                    175
    24 Auxiliar de 5ª                    110       585
    
                 Sección Contribución Directa
    25 Encargado (oficial de 2ª)         300
    26 Auxiliar de 2ª                    175
    27 Auxiliar de 3ª                    150
    28 Auxiliar de 5ª                    110
    29 Auxiliar de 1ª (Encargado del
       Padrón de Contribución Directa)   200       935
    
                Sección Patentes y A. Químicos
    30 Encargado (oficial de 2ª)         300
    31 Auxiliar de 1ª (encargado del 
       Padrón de patentes)               200
    32 Auxiliar de 2ª                    175
    33 Auxiliar de 3ª                    150
    34 Dos auxiliares de 5ª a $ 110      220     1.045
    
                 Sección Impuestos al Consumo
    35 Encargado (oficial de 2ª)         300
    36 Dos auxiliares de 3ª a $ 150      300       600
    
                           Procuración 
    37 Dos Procuradores Fiscales para
       la Capital a $ 150 c/u            300      
    38 Quince Procuradores Fiscales
       para la Campaña a $ 100 c/u     1.500     1.800
                                                14.860   178.520
    
    Ítem 2º
    1  Gastos de Recaudación y
       honorarios de Receptores                180.000
    2  Confección de Valores                    15.000
    3  Publicaciones e impresiones               3.600
    4  Gastos de Oficina y Eventuales            3.000
    5  Viáticos y movilidad                     50.000
    6  Compra de muebles                         2.400   254.000
                                                         432.320
    
                           INCISO VII
                       Tesorería General
    
    Ítem 1º
    1  Tesorero general                  700
    2  Sub-tesorero Tenedor de Libros    500
    3  Cajero                            300
    4  Auxiliar de 5º                    150
    5  Habilitado nº 1 (departamento
       de Policía)                       350
    6  Habilitado nº 2(diversas repar-
       ticiones)                         350
    7  Encargado de valores              300
    8  Dos Auxiliares de 1ª para los
       Habilitados a $ 200               400
    9  Ordenanza                         100    37.800    37.800
    
    Ítem 2º
    1  Gastos de Oficina y Eventuales            2.400
    2  Viáticos y movilidad                      1.500     3.900
                                                          41.700
    
                            INCISO VIII
                        Cárcel-Penitenciaría
    
    Ítem 1º
    1  Director                          500
    2  Alcaide                           350
    5  Secretario de 2ª                  300
    4  Encargado de Contabilidad Tene-
       dor de Libros de 2ª)              300
    5  Médico                            250
    6  Auxiliar de 1ª                    200
    7  Dos auxiliares de 3ª a $150 c/u   300
    8  Dos auxiliares de 4ª a $125 c/u   250
    9  Auxiliar de 5ª (Bibliotecario
       Archivista)                       110
    10 Cuatro conserjes a $ 140 c/u      560
    11 Veinte celadores a $ 120 c/u    2.400
    12 Un maestro                        120
    13 Capellán                          100
    14 Enfermero                         120
    15 Dos requisadores  a $ 60 c/u      120
    16 Un conductor de ambulancia         90
    17 Ordenanza                          90
    18 Correo                             80
                                       6.240    74.880    74.880
    
                       Talleres de la Cárcel
    
    Ítem 2º
    1  Inspector de talleres             200
    2  Jefe taller carpintería           180
    3  Jefe taller zapatería             140
    4  Jefe taller sastrería             140
    5  Jefe taller panadería             160
    6  Regente de imprenta               180
    7  Maquinista de imprenta            140
    8  Encuadernador tipógraf            140
    9  Encuadernador rayador             140
    10 Ayudante sastrería                 80
    11 Ayudante zapatería                 80
    12 Ayudante carpintería               80
    13 Auxiliar de 5ª                    110    21.240    21.240
    
    Ítem 3º
    1  Gastos de oficina                         3.000
    2  Para medicamentos, higieniza-
       ción, alumbrado, repuesto, 
       compra de máquinas y compostu-
       ras de herramientas                      18.000
    3  Ropa para penados                         8.000
    4  Uniformes para empleados                  2.400
    5  Manutención de presos                   118.000   149.400
                                                         245.520
    
                            INCISO IV
                      Dirección de Estadísticas
    
    Ítem 1º                              500    
    2  Oficiales de 2ª (secretario)      300 
    3  Auxiliar de 1ª (revisador)        200
    4  Auxiliar de 2ª (compilador)       175
    5  Tres auxiliares de 5ª (compila-
       dores a $ 150 c/u)                450
    5  Auxiliar de 3ª (encargado de
       Mesa de Entradas)                 150
    7  Auxiliar de 4ª (archivero)        125
    8  Ordenanza                          90    23.880    23.880
      
    
    Ítem 2º
    1  Gastos de oficina                         1.200
    2  Publicaciones e impresiones               9.000
    3  Viáticos                                    600    10.800
                                                          34.680
    
                             INCISO X
                          Archivo General
    
    Ítem 1º
    1  Director General                  500
    2  Oficial mayor (secretario)        300
    3  Tres oficiales de 3ª a $ 150 c/u  750
    4  Cuatro auxiliares 2ª a $ 175 c/u  700
    5  Cuatro auxiliares 3ª a $ 150 c/u  600
    6  Cuatro auxiliares 4ª a $ 125 c/u  500
    7  Cuatro auxiliares 5ª a $ 110 c/u  440
    8  Encuadernador (auxiliares de 4ª)  125
    9  Mayordomo                         110
    10 Dos ordenanzas a $ 90 c/u         180
    11 Mensajero                          60
                                       4.265    51.180    51.180
    
    Ítem 2º
                        Archivo Histórico
    
    1  Encargado de la Dirección, 
       Cuidado y prosecución             400
    2  Auxiliar de 3ª                    150
    3  Auxiliar de 4ª                    125
                                         675     8.100     8.100
    
    
    Ítem 3º
    1  Gastos de oficina y eventuales            1.440
    2  Encuadernación e índices                  2.400
    3  Muebles y estanterías                     3.000
    4  Gastos de oficina y útiles para 
       el Archivo Histórico                        600     7.440
                                                          66.720
    
                          INCISO XI
                Registro de Propiedades y Mandatos
    
    Ítem 1º
    1  Director                          500
    2  Oficial de 2ª (2º Jefe)
       Encargado del Registro de
       Mandatos e informes judiciales    300
    3  Auxiliar de 3ª(encargado de Mesa
       de Entradas)                      150
    4  Auxiliar de 1ª (encargado del
       registro de hipotecas e inhi-
       biciones)                         200
    5  Auxiliar de 4ª para el mismo      125
    6  Auxiliar de 3ª (encargado de 
       estadística)                      150
    7  Dos auxiliares 2ª(encargados 
       del Registro de informes
       a $ 175)                          350
    8  Tres auxiliares de 2ª (encar-
       gados de Registro de compraven-
       ta) a $175 c/u                    525
    9  Auxiliar de 2ª (encargado de
       protocolo)                        175
    10 Ordenanza                          90
                                       2.565    30.780    30.780
    
    Ítem 2º
    
    1  Gastos de oficina                 600
    2  Muebles y Útiles                1.200     1.800    32.580
    
                             INCISO XII
                           REGISTRO CIVIL
    
    Ítem 1º
    1  Director                          500
    2  Secretario 2º jefe                300
    3  Auxiliar de 4ª                    125
    
                         Sección Nacimientos
    
    4  Encargado de la Sección           300
    5  Auxiliar de 2ª                    175
    6  Dos auxiliares de 3ª a $ 150 
       Encargado de la verificación
       de nacimientos)                   300
    7  Dos auxiliares de 4ª a $ 125      250
    
                        Sección Matrimonios
    
    8  Encargado de la sección           300
    9  Auxiliar de 3ª                    150
    10 Dos auxiliares de 4ª a $ 125      250
    
                        Sección Defunciones
     
    11 Encargado de la sección           500
    12 Auxiliar de 3ª                    150
    13 Dos auxiliares de 4ª a $ 125      250
    
                             Inspección
    
    14 Inspector del Registro Civil
       y Encargado de Padrones Cívicos   250
    15 Auxiliar de 3ª (Revisador)        150
    16 Auxiliar de 4ª (Encargado 
       De copias)                        125
    17 Auxiliar de 4ª (Encargado de
       Mesa de Entradas                  125
    18 Auxiliar de 4ª (Encargado del 
       Registro Civil de los Hospitales
       Y Sala Cuna                       125
    19 Ordenanza                          90
                                       4.125    50.580    50.580
    
    Ítem, 2º
    1  Gastos de oficina y eventuales            2.400
    2  Publicaciones e impresiones               3.000
    3  Viáticos y movilidad                      2.400
    4  Muebles                                   2.200    10.000
                                                          60.580
    
    							
                            INCISO XIII
                      ACADEMIA DE BELLAS ARTES
    
    Ítem 1º
    1  Director Técnico (Armonía,Con-
       trapunto y clase de conjunto)     500
    2  Cuatro Cátedras de piano (Cur-
       sos medios) a $ 175 c/u           700
    3  Dos cátedras de piano (Cursos
       Preparatorios) a $ 150 c/u        300
    4  Cátedra de piano (Curso 
       Superior)                         200
    5  Cátedra de canto                  200
    6     "     "  Arpa                  180
    7     "     " Violín(Curso superior) 200
    8     "     "   "      "   inferior
       Y viola                           200
    9  Cátedra de violoncelo y contra-
       bajo                              200
    10 Dos cátedras de teoría y división
       (Curso superior) a $ 175 c/u      350
    11 Tres cátedras de teoría y divi-
       sión (Curso superior)a $150 c/u   450
    12 Cátedra de dictado musical        175
    13 Cátedra de Armonía complemtaria   125
    14 Cátedra de solfeo cantado         125
    15 Cátedra de pintura                280
    16 Cátedra de Arte decorativo 
      (Clase Nocturna)                   200
    17 Cátedra de dibujo (Clase diurna)  200
    18 Cátedra de auxiliar de dibujo     150
                                       4.735    56.820
    
    Ítem 2º
    1  Secretario, tesorero, contador    200
    2  Regente celador                   180
    3  Conserje cobrador                 120
    4  Ordenanza                          90
                                         590     7.080
    
    Ítem 3º
    1  Adquisición de modelo,
       Afinación de piano, luz
       Y fomento de la biblioteca                4.800
    2  Alquiler de casa                          4.200     9.000
                                                          72.900
    
                            INCISO XIV
                       UNIVERSIDAD DE TUCUMÁN
    
    Ítem 1º
    1  Para la Universidad                      75.000    75.000
    
                    Escuela Pedagógica Sarmiento
    
    Ítem 2º
    1  Directora                         350
    2  Vicedirectora                     250
    3  Secretaria                        175
    4  Auxiliar de Secretaría            100
    5  Veintidós cátedras pa
       ra los cursos a 
       $ 160 c/u                       3.520
    6  Una cátedra de agricultura        160
    7  Dos cátedras de
       Economía doméstica a
       $ 160 c/u                         320
    8  Dos cátedras de 
       Francés a $ 150                   300
    9  Once cátedras de 
       Enseñanza especial a
       $ 120 c/u                       1.320
    10 Ocho maestras de grado
       A $ 130                         1.040
    11 Tres conserjes a 
       $ 80 c/u                          240
                                       7.775    93.300    93.300
    
    Ítem 3º
    1  Aumento progresivo                       18.000    18.000
    
    Ítem 4º
    1  Para gastos especiales y materia-
       les de enseñanza                          3.000     3.000
                                                         189.300
    
                               INCISO XV
                            EDUCACIÓN COMÚN
    
    Ítem 1º
                     Consejo General de Educación
    1  Presidente                        900
    2  Dos vocales a $ 450               900
    
                            Secretaría
    3  Secretario (Profesor o maestro
       Normal                            400
    4  Oficial de 3ª                     250
    5  Auxiliar de 1ª                    200
    6  Tres dactilógrafos a $ 125 c/u    375
    7  Dos ordenanzas a $ 100 c/u        200
    8  Chauffeur                         145
    9  Correo                             80
    10 Encargado de Mesa de Entradas
      (Auxiliar de 5ª)                   110
    
                           Contaduría
    
    11 Encargado Tenedor de Libros
       De 1ª                             350
    12 Tenedor de Libros de 3ª            13
    13 Auxiliar de 1ª
       (Liquidador de planillas)         200
    14 Tres auxiliares de 3ª,
       A $ 150 c/u                       450
     
                            Tesorería
    
    15 Encargado(Tenedor de 
       Libros de 1ª                      350
    16 Auxiliar de 1ª                    200
    17 Auxiliar de 3ª                    150
    
                            Estadística
    
    18 Jefe                              350
    19 Cuatro Auxiliares de 3ª
       A $ 150 c/u                       600
    20 Encargado de depósito
       Muebles y útiles                  200
    21 Dos peones a $ 80 c/u             160
     
                            Inspección
    
    22 Inspector General (Profesor
       O maestro normal)                 400
    23 Secretario de la 
       Inspección General                250
    24 Seis Inspectores Seccionales
       (Profesor o Maestro Normal
       A $ 300 c/u                     1.800
    25 Inspector de música
       (Profesor titular)                250
    26 Inspectora titulada de
       De labores de economía 
       Doméstica y trabajo manual        250
    27 Dos dactilógrafos a $ 125 c/u     250
    28 Afinador de pianos                100
    29 Encargado de Obras Sanitarias     100
     
                     Cuerpo Médico Escolar
    
    30 Un médico jefe                    550
    31 Dos médicos a $ 250 c/u           500
    32 Un médico oculista                250
    33 Auxiliar de 5ª                    110
                                      11.430   137.160   137.160
    
    Ítem 2º
            Escuelas Superiores (1ª categoría)
    
    1  Siete Directores doble
       Turno(Profesor o M.N)
       A $ 250 c/u                     1.750
    2  Siete Vicedirectores
       (Turno tarde) Profesor o
       M.N. a $ 200                    1.400
    3  Siete Secretarias y maestras
       Reemplazantes 1ª categoría
       A $ 140 c/u                       980
    4  Siete secretarias y maestras
       Reemplazantes turno tarde
       A $ 120 c/u                       840
    5  Ciento cuarenta maestras
       (Profesores o M.N.) a $ 140
        c/u                           19.600
    6  Siete profesores de 
       Solfeo y canto(Con título)
       A $ 120 c/u                       840
    7  Siete profesores trabajo
       Manual y labores (Con título)
       A $ 120 c/u                       840
    8  Siete profesores de dibujo
       (Con título) a $ 120 c/u          840
    9  Catorce conserjes a $ 80 
       c/u (2ª categoría)              1.120
    10 Once directores (Profesor o
       M-N) a $ 225 c/u                2.475
    11 Noventa y nueve maestras
        A $ 140 c/u                   13.860
    12 Seis profesoras de solfeo 
       Y canto (Con título) a 
       $ 120 c/u                         720
    13 Seis profesores de dibujo
       (Con título) a $ 120 c/u          720
    14 Seis profesoras de labores
       Y trabajo manual(Con título)
       A $ 120 c/u                       720
    15 Once conserjes a $60 c/U          660
                                      47.365   568.380   568.380
    
    Ítem 3º
     
                      Escuelas elementales
    
    1  Treinta directores(M:N:) a 
       $ 200 c/u                       6.000
    2  Doscientas maestras a $140      8.000
    3  Siete profesoras de solfeo
       Y canto(Con título) a $ 120       840
    4  Treinta conserjes a $60 c/u     1.800
                                      36.640   439.680   439.680
    
    Ítem 4º
                      Escuelas infantiles
    
    1  Ciento veinticinco directo-
       res (M.N.) a $ 160 c/u         20.000
    2  Setenta maestras (M.N.)
       A $ 140                         9.800
    3  Ciento diez maestras (T.S.)
       A $ 120 c/u                    13.200
    4  Cuarenta y siete maestras
       (Sin título) a $ 100 c/u        4.700 
                                      47.700   572.400   572.400
    
    Ítem 5º
                   Escuelas Particulares
    1  Treinta maestras a $ 120 c/u    3.600    43.200    43.200
    
    Ítem 6º
                       Escuelas Nocturnas
    
    1  Siete directores Capital 
       A $ 100 c/u                       700
    2  Veinticuatro maestros
       Capital a $ 80 c/u              1.920
    3  Seis maestros taquigrafía
       Dibujo y telegrafía a $ 60 c/u    480
    4  Siete conserjes Capital a $ 15    105
    5  Diez directores campaña
       A $ 60                            600
    6  Seis maestros campaña a $ 50      300
    7  Diez conserjes a $ 10 c/u         100
                                       4.205    50.460    50.460
    
    Ítem 7º
                    Escuela de Tracomatosos
                        "Raúl Columbres"
    
    1  Director                          225
    2  Secretario                        140
    3  Cinco maestros(M.N.) a $ 140 c/u  700
    4  Profesor de música                100
    5  Enfermera                          90
    6  Conserje                           60
    7  Para medicamentos                 100
                                       1.415    16.980    16.980
    
    Ítem 8º  
                         Escuela Fábrica
    1  Director                          250
    2  Vicedirector                      180
    3  Secretario                        140
    4  Cinco maestras de taller
       a $ 110                           550
    5  Siete auxiliares taller a $ 90    630
    6  Dos profesoras de dibujo a $ 100  200
    7  Conserje                           60
    8  Para materia prima                150
                                       2.160    25.920    25.920
    
    Ítem 9º
                      Escuela de manualidades
    1  Diez directores a $ 225 c/u     2.250
    2  Cincuenta maestras de taller
       a $ 110 c/u                     5.500
    3  Diez conserjes a $ 50 c/u         500
    4  Para materia prima              1.500
                                       9.750   117.000   117.000
    
    Ítem 10
                        Educación Física
    1  Dos directores inspectores
       ( M.N.) o profesores de 
       educación física a $ 250 c/u      500
    2  Tres vicedirectores (M.N.) o
       profesores de E.F. a $ 200 c/u    600
    3  Diez maestras auxiliares (M.N.)
       o Profesores E.F. a $ 140 c/u   1.400
    4  Tres celadores a $ 90 c/u         270
    5  seis peones a $ 70 c/u            420
                                       3.190    38.280    38.280
    
    Ítem 11
                      Escuelas a crearse
    1  Cincuenta maestras de grados
       para escuelas a crearse (M.N.)
       a $ 140 c/u                     7.000
    2  Veinte profesores de asignatu-
       ras especiales a $ 100 c/u      2.000
                                       9.000   108.000   108.000
    Ítem 12
                      Enseñanza Agrícola
    1  Tres profesores a $ 150 c/u       450     5.400
    2  Para gastos                               4.600
                                                10.000    10.000
    
    Ítem 13
                           Subvenciones
    1  Once subvenciones a las
       Sociedades a crearse: Gota 
       De Leche y Miga de Pan c/u a
       $ 30                              330     3.960     3.960
    
    Ítem 14
                               Gastos
    1  Viáticos del personal           1.250
    2  Gastos de oficina y
       Eventuales                        500
    3  Publicaciones e impresiones       400
    4  Compostura de mobiliario          400
    5  Fletes y acarreos                 400
    6  Gasto de movilidad para el
       encargado de depósito              60
    7  Conmemoración de fiestas
       Patrias                                   3.000
    8 Compra de muebles, textos
       y útiles para el servicio de
       las escuelas                             72.000
    9  Edificación y reparaciones de
       edificios escolares                     120.000
    10 Reemplazantes de maestros
        enfermos                                 8.400
    11 Traslados                                 7.200
    12 Alquileres                              180.000
                                               390.600
                                       3.010    36.120   426.720
    Ítem 15
                       Aumento progresivo
    1  Importe calculado en el 
       Ejercicio                                260.00   260.000
                                                       2.818.140
    
                           INCISO XVI
                    OFICINA DE CRÉDITO PÚBLICO
    
    Ítem 1º
    1  Presidente (El Presidente del
       Banco de la Provincia)
    2  Contador Secretario de la Junta   500     6.000     6.000
    
    Ítem 2º
    1  Para gastos de oficina y 
       publicaciones                      60       720       720
                                                           6.720
    
                            Inciso XVII
    
                 SERVICIO DE DEUDA Y USO DEL CRÉDITO
                      Deuda Pública Externa
    Ítem 1º
    Empréstito Externo de 1909 
    (Ley 6 de Julio 1009)
    1  Renta del 5 por ciento y
       amortización del 1 por ciento
       anual sobre francos 25.000.000
       o pesos 5.000.000 oro                          681.818.18
    2  Comisión de ½ por ciento sobre 
       renta amortización $ 1.500 oro      3.409.09   685.227.27
    
                        Deuda Pública Interna
    
    Ítem 2º
    (Ley 12 de Julio de 1915)
    Emisión de 2.000.000 en títulos
    Y bonos de fomento
    1  Para el servicio de intereses y 
       amortización de $ 800.000
       en títulos                        113.889.30
    2  Para servicios de ídem. $ 
       1.200.000 en bonos de
       Fomento                           117.050      290.959.30
    
    Ítem 3º
    1  Para pagos de intereses sobre
       adelantos, renovación de
       descuentos de letras, cambios
       y otros gastos varios relativos
       a la deuda pública                300.000      300.000   
    
    Ítem 4º
    1  Para servicios de intereses del
       Bono del Monte Pío Civil (Ley
       26 de Junio de 1914)               14.312.73    14.312.73
    
    Ítem 5º
    1  Para servicio hipotecario de la 
       propiedad calle Crisóstomo 
       Álvarez nº 343                       2.000
    2  Para servicio hipotecario de la 
       propiedad calle 24 de setiembre
       nº 572                               2.400
    3  Para servicio hipotecario por la
       propiedad calle Córdoba y José
       Colombres                            1.000       5.400
                                                    1.295.879.30
    
                           INCISO XVIII
    
                        BANCO DE LA PROVINCIA
    
    1  Presidente                 1.500    18.000
    2  Casa Central- Personal    10.150   121.800
    3  Sucursal Concepción- 
       Personal                   2.270    27.240
    4  Casa Central- Gastos 
       Generales                           25.000
    5  Sucursal-Gastos Generales            7.000
                                          199.040      199.040
    
                             INCISO XIX
    
                      CAJA POPULAR DE AHORROS
    
    Ítem 1º
    1  Presidente                   900
    2  Secretario                   400
    3  Prosecretario                250
    4  Auxiliar de 4º               125
                                  1.675
    
                               Gerencia
    5  Gerente                      700
    6  Auxiliar de 2º(Encargado
       de la correspondencia)       175
    7      "       de 3º            150
    8  Dos Auxiliares de 3º 
       a $ 150                      300
                                  1.325
    
                            Contaduría
    9  Contador                     475
    10 Tenedor de libros de 1º      350
    11 Dos oficiales de 3º a 250    500
    12 Dos Auxiliares de 1º a 200   400
    13 Dos     "      de 2º a 175   350
                                  2.075
    
                             Tesorería
    14  Tesorero                    400
    15 Auxiliar de 1º               200
    16     "    de 2º               175
    17     "    de 3º               925
    
                         Emisión y Canje
    18 Auxiliar (Encargado)         300
    19 Dos Auxiliares de 3º a 150   300
    20 Ocho    "      de 4º a 125 1.000
                                  1.600
    
                       Oficina de Control
    21 Auxiliar (Encargado)         300
    22    "     de 2º               175
    23 Cuatro auxiliares de 3º 
       a 150 c/u                    600
                                  1.075
    
                      Estadística y Archivo
    24 Encargado                    300
    25 Auxiliar de 2º               175
    26 Dos Auxiliares de 3ºa 150    300
                                    775
    
                               Sorteo
    27 Escribano (El Escribano 
       de Gobierno)                 250
    28 Auxiliar de 3º               150
    29     "    de 5º               110
    30 Ocho niños para cantar
       premios a $ 50 c/u           400
    31 Electricista                  60
                                    970
    32 Mayordomo                    130
    33 Ordenanza                    100
    34 Correo                        80
                                    310
                                 10.730   128.760      128.760
    Ítem 2º
    1  Gastos de emisión                   36.000
    2  Gastos de sorteo                    24.000
    3  Gastos de propaganda                24.000
    4  Eventuales                           3.600
    5  Gastos generales                    18.000
    6  Para honorarios de abogados 
       y procurador en Tucumán              4.800      110.400
                                                       239.160
    
                            INCISO XX
    
                           MONTE PÍO CIVIL
    
    Ítem 1º
    1  Presidente de la Junta       500
    2  Secretario Tesorero          300  
    3  Oficial de 3º(Contador)      250
    4  Auxiliar de 3º               150
    5     "     de 4º (Encargado
       Archivo)                     125
                                  1.325    15.900       15.900
    
    Ítem 2º
    1  Gastos de oficina             60       720          720
                                                        16.620
    
                             INCISO XXI
    
                                CULTO
    
    Ítem 1º
    1  A la Iglesia de Aguilares     250
    2  A la Iglesia de Alderetes     250
    3  A la Iglesia de Concepción    250
    4  A la Iglesia de Graneros      250
    5  "  "     "    "  la Cocha     250
    6  "  "     "    "   S. P. de
       Colalao		                 250
    7  "  "     "    "  Trancas      250
    8  "  "     "    " Villa 
       Alberdi      	             250
    9  "  "  Vicaría General para
       la expedición de datos esta-
       dísticos y copia de documen-
       tos públicos a los Tribuna-
       les: $60                      720
    10 Para la conducción del viá-
       tico en cuatro parroquias 
       de la Capital:$ 100         1.200
    11 A la Iglesia de La Merced   1.200
    12 "  "    "      La Catedral  1.200
                                   6.320     6.320
    
                         INCISO XXII
                        Beneficencia
    
    Ítem 1º
    1  A la sociedad de benefi-
       cencia para el Asilo, con
       destino a sueldo de las her-
       Manas, artículos para los 
       asilados, alojamiento y 
       manutención de los aliena-
       dos                                  20.000
    2  A la cárcel correccional de mujeres   6.000
    3  Al asilo de menores León XIII de las
       Hermanas Josefinas   			     3.600
    4  Al Asilo Terciarias Dominicas		 4.800
    5  Al Asilo      "     Franciscanas		 4.800
    6  "     "    Maternal y Sala Cuna para
       el sostenimiento de la Gota de Leche	 9.000
    7  Al Hospital de Niños para la Gota de
       Leche y Servicio de primera infancia  9.000
    8  Al Hospital de Monteros				15.000
    9  Al Hospital de Medinas 			     8.000
    10 Al Asilo de la Sagrada Familia	     2.400
    11 Al Asilo El Buen Pastor				 4.800
    12 Al Buen Pastor para adhesionar la
       cárcel de mujeres para un pabellón
       y reparación de los edificios		10.000
                                            97.400      97.400
     
    
                          INCISO XXIII
                          Subvenciones
    Ítem 1º
    1  Treinta becas en las Escuelas
       Normales de la Capital 
       a $ 20 c/u                              600
    2  Diez becas en la Escuela Normal
       Mixta de Monteros a $ 20 c/u            200
    3  Veinte becas en los cursos de
       la Escuela Pedagógica Sarmien-
       to a $20 c/u                            400
    4  Treinta becas para alumnos
       de los Departamentos a $ 25c/u          750
    5  Ocho becas para el Conservatorio de
       Monteros a $ 15 c/u                     120
    6  Diez becas en la Escuela Nacional de
       Comercio a $ 20 c/u                     200
    7  Cuatro becas para estudiantes de A-
       gricultura a $ 20 c/u                    80
    8  Cinco becas para estudiantes de la
       Facultad de Ciencias Económicas
       De Buenos Aires a $ 100 c/u             500
    9  Becas a Juan Carlos Iramain  para
       Estudio de Escultura en Buenos Aires    150
    10 Beca a Enrique de Prat Gay para estu-
       dios de escultura en Buenos Aires       150
    11 A la Escuela de Artes y Oficios de
       niños pobres                            250
    12 A la Escuela terciaria Dominicas de
       Monteros                                100
    13 A la Escuela Nocturna del Corazón de
       María                                   150
    14 A la Escuela Terciaria Dominica         100
    15 A la Escuela Terciaria Franciscana      100
    16 A la Escuela Santo Domingo              100
    17 A la Escuela San Francisco              100
    18 A las Hijas de María, de Monteros        50
    19 A Mario Balbi para estudiar Escultu-
       en Buenos Aires                         150
                                             4.250      51.000
    20 Al Colegio de Las Esclavas del
       Sagrado Corazón de Jesús                 1.200
    21 A la Biblioteca Alberdi (Capital)        3.000
    22 "   "    "     Sarmiento    "            6.000
    23  "  "    "     de Aguilares                900
    24  "  "    "     de Bella Vista              250
    25  "  "    "     de Concepción               900
    26  "  "    "     de Famaillá                 250
    27  "  "    "     de Graneros                 250
    28  "  "    "     de La Cocha                 250
    29  "  "    "     Lucas A. Córdoba
        de Villa Mitre                            250
    30 A la Biblioteca de Villa Alberdi           250
    31  "  "     "     " Lules                    250
    32  "  "     "     Mitre, de Monteros         250
    33  "  "     "     del Magisterio           1.000
    34  "  "     "     de Simoca                  250
    35  "  "     "     " Sta. R. de Leales        250
    36  "  "     "     Popular de La Madrid       250
    37  "  "     "     de Trancas                 250
    38  "  "     "     Nic. Avella.de Quilmes     250
    39  "  "     "     de Alderetes               250
    40 Beca a Rafael Morcillo para estudiar
       Ingeniería Mecánica en Norteaméri.-
       ca, por un año a $ 150 mensuales         1.800
    41 A la Comisión protemplo y Escuela de
         Villa Nueve de Julio                   5.000
                                               74.950     74.950
                          INCISO XXIV
    Ítem 1º
    1  Para el servicio de amortización e
       intereses del empréstito a con-
       traerse                              2.100.000  2.100.000
    
                              INCISO XXV
                      Inspección de Suministros
    
    Ítem 1º
    1  Dos inspectores a 400 c/u        800
    2  Auxiliar de 2ª                   175    
                                        975    11.700     11.700
    
    Item 2
    1  Gastos de oficina y eventuales             300        300
                                               12.000
    
                               ANEXO C
             MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS E IRRIGACIÓN
            
    Ítem 1º
    1  Ministro                        1.200    14.400    14.400
    
                              Subsecretaría
    Ítem 2º
    1  Subsecretario                     800
    2  Oficial mayor                     450
    3  Oficial de 2ª                     300
    4  Oficial de 3ª                     250
    5  Auxiliar de 1ª                    200
    6  Auxiliar de 3ª(Encargado
       del Archivo)                      150
    7  Dactilógrafo de 1ª                140
    8        "      "  2ª                120
    9  Ordenanza de 1ª                   140
    10 Dos ordenanzas de 2ª a 120 c/u    240
    11 Correo                            100
                                       2.890    34.680    34.680
    Ítem 3º
    1  Gastos de oficina                         3.600
    2  Extraordinarios y publicaciones          12.000
    3  Para uniformes de ordenanzas              3.000
    4  Gastos discrecionales             500     6.000    24.600
                                                          73.680
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la  onorable  Legislatura,
    a quince días del mes  de enero  de  mil novecientos veinti-
    tres.

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS Y CALCULO DE RECURSOS PARA EL EJERCICIO AÑO 1923.-

  • Observaciones