* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 10.- Acuérdase a S. E. el señor Gobernador de la
Provincia don Juan Bautista Bascary, licencia por el término
de dos meses para hacer uso de ella cuando por asuntos de la
administración pública o por otras razones, tuviera que
ausentarse del territorio de la Provincia.
Art. 2.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a cuatro días del mes de octubre de mil novecientos
diecisiete.