* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Concédese a S. E. el Sr. Gobernador de la
Provincia, ampliación por treintas días más, de la licencia
que se le acuerda por ley de 30 de Julio ppdo.
Art.2º.- Comuníquese al P.E.
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Legislatura,
a veintidós de diciembre de mil novecientos quince.