• Detalle de Ley

    Ley N°: 1262
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: TRIBUTARIO
    Sancionada: 30/07/1915
    Promulgada: 02/08/1915
    Publicada: 16/08/1915
    Boletin Of. N°: 2092

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Deróganse los Artículos 1º, 2º, 6º, 8º y 9º
    de la Ley Azucarera de fecha 7 de mayo del corriente año.
    
       Art.2º.- Suspéndense los efectos de los Artículos 13 y 14
    de la  Ley  de  8  de mayo de 1915, por el corriente año, en
    cuanto se refiere al azúcar.
    
       Art.3º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
    a treinta días del mes de julio de mil novecientos quince.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 1239
    Modifica a Ley 1240
    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    DEROGA ARTICULOS DE LA LEY 1239 Y SUSPENDE ARTICULOS 13 Y 14 DE LA LEY 1240 -IMPUESTO AL AZUCAR-.

  • Observaciones