* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Apruébase los siguientes decretos dictados
por el P. E. en acuerdo de Ministros:
a) El de 20 de Marzo de 1912, creando el cargo de Tenedor
de Libros de la Contaduría del Consejo General de Educación.
b) El de 14 de Marzo de 1912, ampliando en dos mil sete-
cientos cincuenta pesos m/n, la partida 1a., del ítem III,
Inciso XIV del Anexo B, del Presupuesto vigente.
c) El de 22 de Marzo de 1912, creando dos cargos de pro-
fesoras de Labores y Economía Doméstica.
Art.2º.- Comuníquese al P. E.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
a veintiséis de junio de mil novecientos doce.