* CADUCA *
La Sala de Representantes sanciona con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Concédese al Poder Ejecutivo un crédito
suplementario de dos mil pesos para gastos extraordinarios e
imprevistos en el presente año, con cargo a la cuenta.
Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Sala de Sesiones, Tucumán, 19 de 1858.-